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Entre acusaciones de la oposición de que el Poder Ejecutivo configura un nuevo intento por controlar al Judicial, el Senado de la República aprobó la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos para que ningún funcionario federal, de los poderes Legislativo y Judicial, ni de los órganos autónomos pueda ganar más que el Presidente de la República .
El proyecto precisa que ningún servidor público, obligado por la Ley, recibirá una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión igual o mayor a la Remuneración Anual Máxima que tenga derecho a recibir el Presidente de la República por concepto de percepciones ordinarias, sin considerar las prestaciones de seguridad social a las cuales tenga derecho conforme a la legislación en la materia.
El régimen transitorio dispone que al momento de la entrada en vigor de esta Ley quedan sin efectos todas las disposiciones contrarias a ésta.
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Además, menciona que la determinación de la Remuneración Anual Máxima aplicable para el ejercicio fiscal 2022, se tomará como base la aprobada en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2021.
“Para nadie es un secreto que en los sexenios anteriores se dio el fenómeno del bonismo: se entregaban bonos estratosféricos, había sueldos de hasta 500 mil pesos para los servidores públicos y a eso se agregaban los sobresueldos, bonos y otro tipo de prestaciones”, dijo Martí Batres Guadarrama (Morena).
“Con todo eso es con lo que hemos querido acabar. Los neoliberales adelgazaron al Estado en gasto social pero engordaron los salarios y las altas prestaciones de los servidores públicos de alto nivel”.
La Cámara de Senadores aprobó en lo general y en lo particular el dictamen a la minuta que expide la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos , que establece nuevos criterios para fijar los salarios de funcionarios; y lo envió al Poder Ejecutivo para que lo publique y entre en vigor.
Con la aprobación de esta minuta, se abroga la Ley de Remuneraciones vigente luego de que la Suprema Corte de Justicia de las Nación solicitó al Poder Legislativo mediante sentencia, incluir en la ley normas que describan los elementos técnicos, las bases, parámetros, procedimientos y metodologías para evitar la discrecionalidad en las remuneraciones de los servidores públicos, así como establecer límites mínimos y máximos para entregar certeza jurídica.
Para el cálculo de las remuneraciones se considerará el producto interno percápita, el producto interno bruto percápita de referencia y el máximo, el límite máximo de referencia y el límite de referencia.
Se contempla el principio de proporcionalidad, es decir, que a mayor responsabilidad corresponde una mayor remuneración, pero no de forma discrecional, sino con base en los tabuladores presupuestales y en los manuales de percepción que se deberán de ajustar a los límites y reglas constitucionales.
Las críticas de la oposición, principalmente del PRI, estribaron en que el dictamen no contiene criterios claros ni precisos para determinar cuál debe ser el salario del presidente y de los funcionarios públicos.
También señalaron que es necesario que con los salarios, se reconozca la experiencia y la especialización técnica de los funcionarios, y de esta manera se profesionalice el servicio público.
“Es claro que en el dictamen a discusión el proyecto de decreto no contiene de manera clara la determinación objetiva para regular las remuneraciones del Ejecutivo. No se establecen parámetros que sirvan como referencia, remuneraciones que deben ser justas y en proporción a la labor que ejerzan. El marco regulatorio no subsana la totalidad, y el dictamen no cumple con los objetivos de la materia”, dijo Nuvia Mayorga, del PRI.
“Una vez más se estaría violando la autonomía del Poder Judicial de la Federación para someterlo. Por su naturaleza, este órgano debe tener independencia presupuestal. Se fija una remuneración al arbitrio de un inquilino que ni siquiera paga renta por vivir en un Palacio”, reclamó Noé Castañón (MC).
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