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El Senado de la República aprobó una reforma que sanciona de uno a cinco años de cárcel a quien con fines lascivos asedie a personas de cualquier sexo , en espacio público, privado o a través de medios informáticos que cause cualquier tipo de daño o perjuicio.
Si la persona acosadora fuese servidor público o utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, adicionalmente será destituido del cargo e inhabilitado para ocupar otro cargo público hasta por un año.
“Solo se procederá contra la persona que cometa la conducta descrita, a petición de parte ofendida”, destaca la reforma avalada por unanimidad y que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis.
En los argumentos de la reforma se expone “es común que las prácticas de acoso sexual se den en lugares públicos, lo que constituye una violación importante a los derechos humanos de la persona que lo sufre, especialmente para las mujeres y niñas, esto afecta sus capacidades y oportunidades de desarrollo”.
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Expertos aseguran que el acoso sexual ocurre principalmente en el ámbito laboral , en empresas particulares o transporte público en las que pocas veces se cuentan con protocolos para atender esta situación, sin contar que en la mayoría de los casos la persona afectada no presenta la denuncia o acta correspondiente por temor a sufrir represalias.
Se añade que el acoso sexual a través de los medios informáticos es un tema relevante en nuestro país, ya que en la actualidad la sociedad se enfrenta un avance tecnológico el cual crece a gran velocidad, donde algunos son expertos, pero para otros es un mundo totalmente desconocido, lo cual trae con ello el acoso sexual.
En estos delitos los bienes jurídicos que se vulneran son el honor, la intimidad, la imagen, la integridad entre otros.
Con información de Víctor Gamboa
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apr/rmlgv