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El pasado domingo 8 de noviembre, la Secretaría de Educación Pública ( SEP ) emitió las Orientaciones pedagógicas y criterios para la evaluación del aprendizaje para la educación preescolar, primaria y secundaria en el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-coV2 ( COVID-19 ) para el ciclo escolar 2020-2021 .
Los criterios, establecidos por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación ( DGAIR ) y por la Dirección General de Desarrollo Curricular ( DGDC ), señalan que la evaluación estará a cargo del docente de grupo en Prescolar , Primaria y Telesecundaria , y del docente de asignatura en Secundaria . Cabe señalar que en caso de ausencia , la directora o director , supervisora o supervisor , podrán asumir dicha atribución.
De acuerdo con el documento, los alumnos que mantengan una comunicación y participación sostenidas , es decir, que tienen una comunicación continua con el titular del grupo o asignatura, serán evaluados con base en las disposiciones del Artículo 10 del Acuerdo 11/03/19 , publicado en el Diario Oficial de la Federación ( DOF ) el pasado 29 de marzo de 2019.
Mientras que los alumnos con los que se mantiene una comunicación y participación intermitentes , es decir, que tienen una comunicación esporádica o parcial con su docente, tendrán la leyenda “ información insuficiente ” en su boleta de evaluación.
Ahora bien, cuando los alumnos tienen una comunicación prácticamente inexistente con el docente, tendrán la leyenda “ Sin información ” en su boleta de evaluación, ya que los docentes carecen de posibilidad de dar seguimiento al proceso educativo de estos alumnos.
Cabe mencionar que las calificaciones registradas para este y, en su caso, para el periodo subsecuente, serán preliminares , mientras que las calificaciones definitivas se registrarán al final del Ciclo Escolar 2020-2021 .
Respecto a la comunicación de los resultados de la evaluación y entrega de boletas de evaluación , se realizará en los periodos señalados en el calendario, ya sea a distancia por medios electrónicos o se podrá acordar con las autoridades escolares la entrega física en la escuela, cuando esto sea posible, siguiendo las medidas de higiene , limpieza y sana distancia en aquellas localidades que no sea posible la entrega de boletas a través de medios electrónicos.
Cabe señalar que el documento establece además que no se regresará a clases presenciales en las escuelas hasta que haya semáforo epidemiológico verde en las entidades donde se encuentren.
sg/lae