El presidente Andrés Manuel Lopez Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto de la reforma a la Ley Minera aprobado ayer martes en el Congreso de la Unión por la que se nacionaliza el litio.

La reforma, que entra en vigor mañana jueves, modifica los artículos 1; 9, párrafo primero; 10, párrafo primero; y se adicionan un artículo 5 Bis, y un párrafo tercero, para declarar de utilidad pública el litio, y establecer que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones en la materia. Serán consideradas zonas de reserva minera aquéllas en que haya yacimientos de litio.

Se reconoce que el litio es patrimonio de la Nación y su exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento se reserva en favor del pueblo de México.

“La exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio quedan exclusivamente a cargo del Estado, y se llevarán a cabo por el organismo público descentralizado que determine el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables. El cumplimiento de la legislación y Tratados Internacionales en materia de protección al medio ambiente y derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas será escrupuloso por parte de dicho organismo público”, señala.

Las cadenas de valor económico del litio se administrarán y controlarán por el Estado a través de un organismo público descentralizado de próxima creación.

El Servicio Geológico Mexicano auxiliará a dicho organismo público descentralizado encargado de la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio en la ubicación y reconocimiento de las áreas geológicas en las que existan reservas probables del litio.

“En la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio y de sus cadenas de valor será deber del Estado mexicano proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas”, subraya el decreto.

También entra en vigor reforma electoral

A partir de este miércoles también entró en vigor la reforma a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que impide a los partidos políticos presentar algún recurso ante el Tribunal Electoral contra cualquier acto parlamentario de ambas Cámaras, así como contra la integración y las decisiones de sus órganos de dirección.

La reforma, aprobada por el Congreso de la Unión a principios de marzo pasado, impide al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) intervenir en impugnaciones en materia electoral contra actos del Congreso de la Unión.

rcr

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