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El Presidente Andrés Manuel López Obrador solicitó al Congreso desechar en su totalidad las reformas a la Ley de Tribunales Agrarios que en 2022 fueron aprobadas por las Cámaras de Diputados y Senadores.
Lo anterior, bajo el argumento de que contiene elementos inconstitucionales y discriminatorios.
Entre otras cosas, las reformas establecen eliminar de la inamovilidad de magistrados agrarios, y en su lugar, limitarlos en el cargo por un periodo de 15 años, además de establecer el requisito de comprobar práctica profesional mínima de cinco años en materia agraria para ocupar esa posición.
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Además, obliga al Ejecutivo a justificar la idoneidad de sus propuestas para magistrados agrarios, destacando las trayectorias profesionales y académicas, y establece el requisito de comprobar práctica profesional mínima de cinco años en materia agraria para ocupar esa posición.
En el veto que solicita el Ejecutivo, afirma que las modificaciones avaladas exceden lo dispuesto en la Constitución, y además afecta la división de poderes.
También dice que eliminar la inamovilidad de los magistrados agrarios y limitar su permanencia en el cargo, "es una disposición discriminatoria , ofensiva y contraria al artículo 1 constitucional contra los adultos mayores".
Como parte del argumento para vetar las reformas, dice que el desempeño profesional de las personas adultas mayores "conlleva perjuicios inherentes a las afecciones a la salud"; incapacidad para asumir perspectivas innovadoras en el análisis de la justicia agraria; riesgo de corrupción y propensión a la egolatría y actitudes desmedidas; falta de responsabilidad y productividad de sus funciones y rezago en la resolución de controversias.
“Estos argumentos evidentemente resultaban discriminatorios u ofensivos y contrarios al artículo 1 de la Constitución y al marco convencional de protección de los derechos humanos”, advierte el oficio.
Sobre el requisito de comprobar práctica profesional mínima de cinco años en materia agraria, López Obrador señala que, para el Ejecutivo, “más que el conocimiento formal, debe tomarse en cuenta la solvencia profesional, calidad ética, capacidad de análisis y razonamiento lógico-jurídico, demostrado con experiencia profesional y formación académica”.
“Ni la iniciativa ni el dictamen correspondiente señalan cómo ha perjudicado en el desempeño de la justicia agraria el hecho de no haber requerido dicha especialidad, pues en 30 años de existencia de los tribunales, de 1992 a la fecha, no se ha solicitado este requisito”, afirma el oficio.
El documento se turnó al Senado de la República , cámara de origen, para su análisis y discusión.
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