Dos días antes de concluir su sexenio, el presidente suscribió un decreto por el que se otorga una pensión vitalicia para las madres y padres de familia de los menores de edad víctimas del incendio de 2009 en la de Hermosillo, Sonora.

En el documento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se establece que las niñas y niños que resultaron con lesiones por quemaduras o la inhalación de humo tendrán derecho a becas educativas y otros apoyos.

Se reconocen con carácter extraordinario en favor de los niños y niñas que resultaron lesionados de forma permanente o que inhalaron humo o tóxicos; de las madres y de los padres de los infantes fallecidos, de los padres de aquellos con lesiones incapacitantes, de las madres de los niños y niñas lesionados de forma permanente o de aquellos que inhalaron humo o tóxicos, así como para las maestras y otros adultos que resultaron afectados en el incendio ocurrido el 5 de junio la de 2009, en la Guardería ABC.

El decreto establece Medida la Pensión Garantizada, prevista en el artículo 170 de la Ley del Seguro Social, para las madres y padres de los niños y niñas que fallecieron, así como de los lesionados de forma permanente y de aquellos que inhalaron humo o tóxicos en el incidente a que se refiere el párrafo primero del presente artículo.

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“En caso de fallecimiento de la madre o del padre, el importe el de la medida que recibía se transferirá en favor del hijo o hijos que le sobrevivan, quienes la recibirán en la proporción que les corresponda, por sí mismos o, en el caso de menores de edad, por conducto de la persona que legalmente los represente”.

También se considera la “medida vitalicia” para los niños y niñas que resultaron lesionados de forma permanente que, al cumplir los 18 años, derivado de su condición de salud tengan una lesión incapacitante por quemaduras.

Se garantiza una beca para la educación de los niños y niñas que resultaron lesionados de forma permanente, así como para aquellos que inhalaron humo o tóxicos para que estudien los niveles educativos de primaria, secundaria, media superior y superior, en planteles oficiales o con reconocimiento oficial, en territorio nacional.

También se eximirá del pago del consumo de la energía eléctrica que se genere en el domicilio en el que residan los niños y niñas y adultos que resultaron lesionados de forma permanente y aquellos y infantes que inhalaron humo o tóxicos producidos en el incidente a que se refiere el párrafo primero de este artículo, durante el tiempo que, por prescripción médica, requieran del uso de equipos para el debido cuidado de su salud.

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Por último, también se incluye una pensión vitalicia para los padres de los niños y niñas que resultaron lesionados de forma permanente que, al cumplir los 18 años, derivado de su condición de salud y de conformidad con los y dictámenes médicos emitidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tengan una lesión incapacitante por quemaduras, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, siempre y cuando se encuentren a cargo del cuidado de su hija o de su hijo y no sean beneficiarios de la medida vitalicia a que hace referencia.

El decreto, que entró en vigor este 28 de septiembre, señala que las pensiones vitalicias y demás apoyos se pagarán a partir de enero de 2025, con efectos retroactivos, con cargo al patrimonio del fideicomiso público denominado "Fondo para Ayudas Extraordinarias con motivo Incendio de la Guarderia ABC” y conforme a los recursos autorizados para tal efecto a dicho instrumento jurídico, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 y subsecuentes.

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