La diputada de Morena, Yessenia Olua González, interpuso un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y a la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), a que hagan las modificaciones necesarias referente a la regulación de artículos prohibidos a introducir a las aeronaves de servicio público, con el objetivo de que se permita expresamente el traslado de , aun si la madre viaja sin su hija o hijo.

La propuesta que impulsa la legisladora, quien recientemente fue madre, deriva del caso ocurrido el pasado 12 de diciembre de 2022, cuando en redes sociales la influencer, Marcela Mistral, denunció un altercado con personal de seguridad del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), luego de que se le negó la posibilidad de trasladar la leche materna que había obtenido de forma personal con extractor manual en los vuelos previos, y que estaba guardando dicho líquido para su hijo.

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“Ella indica que está en periodo de lactancia y explica que no puede tirar la leche debido a que su infante la va a ocupar. Acto seguido, el personal de seguridad le indica que, si quiere ingresar a su vuelo de conexión, tendrá que tirar su leche debido a que no la puede pasar y que la única opción de dejarla pasar sin tirarla es que el bebé esté viajando de forma presencial con la madre. Por consecuente al no llevar al bebé en brazos, Marcela Mistral tuvo que acatar las órdenes y terminó tirando la leche materna para no perder el vuelo”, puntualiza la legisladora guinda en sus argumentos.

Con el ejemplo enunciado, se explica, existe una violación verbal hacia la mujer, se discrimina por ser madre lactante y se condiciona sin fundamento jurídico el ingreso de leche materna por criterio personal del agente que se encuentra en los filtros de seguridad; “todo por el simple hecho de no llevar al bebé”.

La diputada Olua González señaló que los filtros de revisión del aeropuerto se rigen mediante un catálogo de artículos permitidos y no permitidos, denominado Circular Obligatoria y la emite la Dirección General de Aeronáutica Civil y fue publicada el 01 de mayo de 2014.

El numeral prohíbe la introducción de envases contenidos líquidos aerosoles y geles de capacidad no superior a los 100 ml o su equivalente, sin embargo, también advierte que “se permite el transporte de en cantidades superiores a las señaladas, cuando se trate de pasajeros con necesidades dietéticas especiales tales como alimentos y bebidas para bebés o personas bajo tratamiento médico”.

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Por lo anterior, la legisladora señaló que si bien, la Circular Obligatoria permite transportar alimentos para bebés, “no se indica en su texto o en algún reglamento que se debe de acudir con el bebé en brazos (forma presencial) para que te puedan permitir el acceso de la leche materna o fórmulas lácteas”, por lo que queda sujeto a interpretación.

Así, el punto de acuerdo exhorta al titular de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal, para que ordene a la , reformar los numerales 9 y 9.8 de la nueva Circular Obligatoria, a fin de indicar textualmente, que “el ingreso de alimentos, fórmulas lácteas y/o bebidas para recién nacidos, bebés o infantes en los filtros de revisión, no será necesario que él recién nacido, bebé o infante viaje de manera presencial, cuidando en todo momento el derecho de la mujer a la lactancia materna".

Tras interponer el exhorto, la diputada federal por Baja California, compartió un video en su cuenta de Twitter en el que expuso el caso y reiteró su llamado a las autoridades.

Con información de Enrique Gómez

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