El, a través de la Secretaría de Economía, comunicó a la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos la admisión de la solicitud de revisión recibida el 31 de mayo, respecto a una supuesta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la instalación de Draxton México, S. de R.L. de C.V., ubicada en Irapuato, Guanajuato.

Ello al amparo del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en instalaciones Específicas (MLRR) del Anexo 31-A del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC).

Esta solicitud de revisión presume el supuesto despido de un dirigente sindical; actos de injerencia patronal en las actividades sindicales tendientes a apoyar, controlar y demostrar favoritismo hacia el sindicato titular del .

Foto: draxton.com
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Asimismo, actos de intimidación, hostigamiento, amenazas y vigilancia en contra de personas trabajadoras en razón de su preferencia sindical; así como la omisión por parte de la empresa de entregar a las personas trabajadoras un ejemplar del contrato colectivo de trabajo tras su revisión en marzo de 2022.

A partir de la admisión de esta solicitud, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con un plazo de 36 días para conducir una investigación interna y determinar la existencia o no de una denegación de derechos a la libertad de asociación y negociación colectiva en la empresa.

El Gobierno de México reitera su compromiso para aplicar en forma efectiva la legislación laboral, así como las disposiciones en la materia establecidas en el T-MEC, garantizando con ello el cumplimiento y protección de los derechos colectivos de las personas trabajadoras del país.

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sp/rcr

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