El diputado de Morena, Alejandro Robles Gómez, propuso un decreto para expedir la Ley General de Centros Educativos Libres de Bebidas Alcohólicas, por la que se prevé prohibir de manera estricta la apertura y establecimiento de cualquier bien mueble o inmueble en el que se oferten al público en un radio no menor de dos kilómetros de distancia a cualquier centro educativo del país.

Como parte de la propuesta, se establece que un centro educativo se entenderá como aquel establecimiento en el que se imparte o recibe cualquier tipo de instrucción, “no importando el nivel que sea”, es decir, desde educación básica e intermedia hasta la superior.

Como parte de la exposición de motivos, la iniciativa señala que uno de los problemas que mayor preocupación ha generado en los últimos años en el país es el incremento del entre jóvenes.

“Estadísticas del Centro de Ayuda al Alcohólico y sus Familiares, unidad especializada del Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz de la Secretaría de Salud, refieren que 63 por ciento de la población identificada en un estudio como consumidora de alcohol, son adolescentes y jóvenes de entre 12 y 24 años de edad ”, se indica.

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También advierte que en los estudiantes de 12 años o menos, la prevalencia del consumo de alcohol en la vida fue de 26 por ciento, la cual se incrementó a 78.4 en los estudiantes de 17 años y 83.8 en los mayores de 18 años.

“Desde la Cámara de Diputados no podemos quedarnos cruzados ante este fenómeno que afecta a las juventudes mexicanas, no debemos olvidar que el alcohol es una droga de entrada a sustancias más fuertes como lo es la cocaína. Por otro lado, dejar a nuestros jóvenes en manos de las bebidas alcohólicas, traerán serios problemas de salud pública para el Estado mexicano, que se manifestarán en enfermedades como “cirrosis, algunos tipos de cáncer y alteraciones en el sistema nervioso”, señala la propuesta.

Por lo anterior, el proyecto de Decreto por el que se crea la Ley General de Centros Educativos Libres de Bebidas Alcohólicas, establece que “queda estrictamente prohibida la apertura y establecimiento de cualquier bien mueble o inmueble en el que se oferten al público bebidas embriagantes en un radio no menor de dos kilómetros de distancia a cualquier centro educativo del país.”, y que “queda estrictamente prohibida la venta de bebidas embriagantes en un radio no menor de 2 kilómetros de distancia a cualquier centro educativo del país”.

Con información de Enrique Gómez

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