Quito.- La vida de la ecuatoriana Paola Roldán cambió drásticamente en 2020. Estaba empujando el cochecito de su hijo y empezó a sentir que se ahogaba.
Hace tres años y medio, la diagnosticaron con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA). Su salud se deterioró en meses y ahora vive postrada en una cama, con una discapacidad en el 95% de su cuerpo. Ahora solo tiene control de los músculos de la cara y del habla.
Viendo el deterioro que sufría, decidió que quería una sola cosa en su vida: "Morir dignamente". Entonces, decidió demandar ante la Corte Constitucional de Ecuador la inconstitucionalidad del artículo 144 del Código Orgánico Integal Penal (COIP), que habla del homicidio simple e impide a una persona recibir asistencia médica para poder morir. El código considera la eutanasia como un homicidio y prevé una pena de prisión de entre 10 y 13 años.
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En entrevista con diversos medios, Roldán dijo que no quería seguir con la lenta agonía en la que vive, que no quería morir ahogada, que quería hacerlo en paz.
También planeó todo para su hijo, su mayor alegría. Le compró 40 regalos, para que reciba en sus siguientes cumpleaños o en fechas especiales, como cuando obtenga su licencia de manejo. Todo, para que no la olvide.
Las últimas semanas de Roldán no han sido fáciles. "Desde el 8 de agosto he pasado por seis médicos que me han abandonado, docenas de episodios de atoro, 10 días entre Navidad e inicios de este año con crisis tan graves que me untaron los óleos y me despedí de mi familia. Mi cuerpo comenzó a rechazar la comida intravenosa, así que voy 17 días viviendo a punte de sueros. No sé cuanto me quede en esta lenta agonía…", posteó en X el 17 de enero.
También ha enfrentado las críticas de los provida, a quienes ha respondido. "Yo también soy provida, provida digna".
Este miércoles, Roldán logró una victoria, con la sentencia de la Corte Constitucional que reconoce su derecho a tener una muerte digna.
"Recibo esta noticia muy conmovida y con alivio. Hubo días en los que pensé que nunca iba a escuchar el resultado de esta demanda, así que hoy ha sido un momento muy especial para mí", dijo a medios a través de una llamada de voz.
La mujer, que compareció ante periodistas a través de una llamada de voz, agradeció a todas las personas que la han apoyado hasta llegar a este punto, pues comentó que ha sido "una titánica tarea que no se puede llevar sola".
"He requerido muchas manos que me acompañen. Agradezco a los que me han apoyado y también a mis detractores. La lucha por los derechos humanos no es un camino asfaltado. Hoy Ecuador es un país un poco más acogedor, libre y digno", aseveró.
La mujer indicó que pasará los siguientes días con su familia y sus abogados para digerir todo lo que significa el dictamen del tribunal constitucional, pues "recibir la información es distinto a soñar con ello".
Por su parte, el padre de Paola, Francisco Roldán, admitió que recibió la noticia con sentimientos encontrados. Por un lado la satisfacción de que su hija haya podido conseguir "un hecho histórico, un legado para la sociedad ecuatoriana", y por otro ver más cerca la muerte de su hija. "Eso es fortísimo, pero ahí estamos, apoyándola a Paola", añadió.
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Los abogados señalaron que la sentencia es de cumplimiento inmediato si así lo desease Roldán, que desde este miércoles tiene vía libre para recibir la eutanasia por parte de un médico, pues cumple con las condiciones y requisitos preliminares señalados en el fallo.
El tribunal, con siete votos a favor y uno en contra, eximió del delito de homicidio a cualquier médico que aplique la eutanasia a un paciente que lo solicite de manera voluntaria libre e informada para poner fin a un gran sufrimiento físico producto de lesiones o de una enfermedad irreversible e incurable.
El abogado Ramiro Ávila afirmó que Roldán cuenta con todos esos requisitos, pues tiene los certificados médicos que acreditan la condición de una enfermedad grave, irreversible e incurable, y un consentimiento informado avalado por un notario y un psicólogo.
El abogado Farith Simón señaló que la sentencia no es aplicable únicamente para Roldán, pues el fallo "es de efectos generales y ampara todas las personas que quieran acogerse a este derecho en el país".
La Corte Constitucional dio además el plazo de dos meses al Ministerio de Salud Pública para elaborar un reglamento para el procedimiento con el que deberá aplicarse la eutanasia, y a la vez la Defensoría del Pueblo tiene un plazo de seis meses para presentar un proyecto de ley y la Asamblea Nacional (Parlamento) un año para debatirlo y aprobarlo.
En ese reglamento y la ley deberán quedar aspectos que no ha tocado la sentencia como los requisitos y condiciones del consentimiento informado, la objeción de conciencia y las sustancias o métodos utilizados para acabar médicamente con la vida de la persona que así lo solicite por su condición de dolor y sufrimiento incurable.
En ese sentido, Ávila propuso que se pueda aplicar el reglamento vigente en Colombia desde 2015 en caso de que Roldán quiera recibir la eutanasia antes de que el Ministerio de Salud Pública emita su propio reglamento. "No hay mucho que inventarse. Ya lo han aplicado también en Perú y en España", dijo Ávila.
Se trata de una enfermedad de las neuronas en el cerebro, el tronco cerebral y la médula espinal que controlan el movimiento de los músculos voluntarios.
De acuerdo con Mediline Plus, en la ELA, l"as células nerviosas (neuronas) motoras se desgastan o mueren y ya no pueden enviar mensajes a los músculos. Con el tiempo, esto lleva a debilitamiento muscular, espasmos e incapacidad para mover los brazos, las piernas y el cuerpo. La afección empeora lentamente. Cuando los músculos en la zona torácica dejan de trabajar, se vuelve difícil o imposible respirar".
Tener un familiar con este padecimiento es un factor de riesgo. Las personas que padecen ELA comienzan con una pérdida de la fuerza muscular y la coordinación que con el tiempo empeora y les hace imposible la realización de actividades rutinarias, como subir escaleras, levantarse de una silla o deglutir.
Hasta ahora, no se conoce una cura para la ELA.
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