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Se trata de una escena casi cotidiana, un paisaje inusual en otras latitudes pero común y casi ha “naturalizado” en América Latina: los piquetes o cortes de rutas por protestas, manifestaciones o reclamos de diversa índole –a veces de sectores muy pequeños- que generan embotellamientos, caos de tránsito, pérdidas de tiempo y mal humor, y que añaden un motivo más de crispación en muchas sociedades ya de por sí sensibilizadas por situaciones económicas o sociales apremiantes. Y no faltan motivos. Porque los piquetes o cortes de rutas, más allá de las causas que los originan, ponen siempre en primer plano el conflicto que generan entre el derecho al reclamo y a la protesta y el derecho a circular libremente por calles y rutas.
¿Qué sucede en la región a la hora de enfrentar estas manifestaciones que perturban el libre tránsito? Si bien en cada país hay normas específicas que establecen el marco legal y su consecuente respuesta mediante la acción de las fuerzas de seguridad (ver aparte), en más de una ocasión su aplicación está sujeta a cuestiones políticas.
Las protestas callejeras en el Perú se dan con frecuencia y por variados motivos. La policía trata de disolverlas a través del diálogo con los manifestantes y, de darse el caso, con un uso controlado de la fuerza. Sin embargo, últimamente se ha podido observar una relativa pasividad de los agentes del orden, y por lo general se negocia dejar algún carril libre para la circulación vehicular. La reacción ciudadana ante estas tomas varía, y puede pasar de la comprensión y la empatía hasta el rechazo y el malestar profundo.
En Brasil, si bien tradicionalmente la manifestación callejera era propia de la izquierda, a partir de 2013 el color ideológico se hizo más amplio y difuso al generarse protestas por el alza de las tarifas de transporte, la baja calidad de los servicios públicos o la corrupción. En la última década también crecieron las protestas de grupos históricamente marginados, como los movimientos negros e indígenas y el movimiento feminista. Estos grupos, más la izquierda partidista y los grupos de extrema derecha, son los principales responsables de las manifestaciones hoy en Brasil. Una protesta grande en una ciudad importante como Río o San Pablo debe ser comunicada con anticipación, pero a veces los manifestantes, especialmente los de movimientos no partidistas, no siguen una ruta acordada de antemano con las autoridades, y la policía utiliza la fuerza para romper el bloqueo. El papel de las fuerzas de seguridad ha sido a menudo seriamente cuestionado. Ha habido muchos casos y denuncias de uso excesivo de la fuerza. “Brasil ha violado históricamente el derecho a la protesta. El uso de la fuerza es recurrente, e inhibe el ejercicio de este derecho”, señala Raisa Cetra, coordinadora del Programa Espacio Cívico de Artigo 19 Brasil y Sudamérica. “El Estado debe garantizar el derecho a la circulación de la población, pero por otros medios”, añadió, al considerarse el derecho a la protesta como parte de las libertades de asociación y expresión, que sólo pueden ser limitadas en casos excepcionales.
Según la consultora Diagnóstico Político, el año 2021 cerró con la cifra más alta de piquetes de los últimos siete años en la Argentina: 6658. Desde 2014, que anotó 6805 protestas, que no se registraba una cifra tan alta.
El epicentro de los cortes de calles en la ciudad de Buenos Aires es la céntrica Avenida 9 de Julio, y son las organizaciones sociales de izquierda (que nuclean a desocupados y trabajadores informales), opositoras al gobierno nacional, las que lideran la mayor cantidad de protestas, aunque también las ha habido de trabajadores privados, fuerzas político-partidarias y trabajadores estatales. En los últimos años es más común ver a las fuerzas de seguridad negociando con los manifestantes que utilizando la fuerza. Por lo general, los efectivos realizan un operativo en las inmediaciones al corte, después de acordar dejar algún carril libre para la circulación vehicular, aunque hay casos en los que el corte es total. Dependerá entonces de la decisión política de cada gobernante dar la orden o no de desalojar, algo que raramente ocurre.
Para el politólogo Sergio Berensztein, los piquetes “son parte de esta tradición de utilización de la calle que existe en la Argentina. Eso es fundamental para comprender los niveles de tolerancia social, ya que el ciudadano promedio se ve a sí mismo en ese lugar en una circunstancia potencialmente parecida. Hoy le toca a ellos, mañana nos puede tocar a nosotros, piensa, por más que se enoje porque no puede circular con tranquilidad. En este contexto, la cuestión de la libre circulación queda, de alguna manera, en un plano más secundario”.
Las protestas callejeras con cortes de tránsito se tornaron frecuentes en Chile desde el estallido de la crisis social de 2019, con reclamos diversos, desde mejor educación, salud y vivienda hasta una nueva Constitución. Pero luego decayeron, por efecto también de la pandemia. La actuación policial depende del contexto de la manifestación. Si es muy masiva, difícil de remover, generalmente permite su desarrollo. Cuando es más pequeña, puntual o no autorizada, actúa bajo un protocolo gradual que comienza con diálogo con los líderes o encargados, luego con llamados a las personas con altavoces para que se dispersen y, en caso de no haber una respuesta positiva, continúa con el uso de elementos disuasivos como carros lanza agua o dispositivos lacrimógenos. La reacción ciudadana ante los bloqueos de calles también mutó de la empatía, la tolerancia y la comprensión iniciales a la pasividad, el tedio y, más recientemente, a la frustración, en especial cuando las protestas terminan provocando daños a terceros.
En México, los bloqueos al tránsito son una constante en prácticamente todos los centros urbanos y también en algunas comunidades rurales. Y los hay de casi todos los sectores: campesinos, organizaciones políticas y sociales, sindicales, estudiantiles, feministas, indígenas, etcétera. Los reclamos tienen que ver con demandas legales, derechos humanos, defensa gremial, reconocimiento o rechazo de autoridades políticas. En la Ciudad de México hay marchas y bloqueos para demandar la restitución de servicios como agua potable o luz; por casos de inseguridad y en menor proporción para protestar contra la construcción de obras o desarrollos inmobiliarios. Lo bloqueos pueden durar desde 5 a 12 horas, y la intervención policial responde muchas veces a factores políticos que tienen que ver qué partido gobierna determinado municipio o ciudad. Generalmente, la policía actúa para evitar desbordes, aunque hay casos de choques frontales con los manifestantes. En cuanto a los ciudadanos, hay una división entre aquellos que ven con simpatía este tipo de movilizaciones (aunque esto depende muchas veces del motivo) hay otros en los que prima el descontento por considerar que se violan derechos de terceros como el de libre tránsito o que consideran que la policía asume una posición demasiado permisiva.
Para el abogado Christopher Estupinan “no se debe pasar por alto el derecho de manifestarse de las personas; sin embargo, se debería delimitar en cuestión de duración y alcance. Si bien es cierto que hay una ley reglamentaria que obliga a las personas a avisar al gobierno sobre las manifestaciones, esta no siempre es respetada y hay ciertos puntos en la ciudad donde no creo que deban ser permitidas. El derecho a manifestarse no debería estar por encima del de tránsito de los demás, debe buscarse un equilibrio. Y el gobierno debería ser un poco más estricto en ese sentido”.
En Uruguay, las protestas callejeras son, en su gran mayoría, organizadas y comunicadas previamente, no hay piquetes sorpresivos ni se ocupa toda la calle, por lo que no se suele entorpecer la circulación.
En Venezuela, en los últimos 10 años la protesta de carácter social se ha mantenido de manera constante y persisten en 2022 pese a que tienen poca repercusión en los medios de comunicación. Desde 2012 (último año de gobierno de Hugo Chávez), la ONG Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS) ha documentado un total de 92.000 manifestaciones. Respecto al año en curso, hasta abril se habían registrado 2677. El promedio diario es de 20 protestas por día en todo el territorio nacional.
El director de esa organización, Marco Antonio Ponce, precisó que quienes manifiestan actualmente son fundamentalmente dos grupos: los trabajadores y los vecinos de las distintas comunidades, y que la protesta política no tiene una representatividad significativa en relación al total. Según los datos del OVCS, cerca de 70% de las manifestaciones que se realizan en todo el país están relacionadas con la exigencia de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Y entre esas categorías las exigencias más frecuentes se vinculan a los derechos laborales y los servicios públicos, de allí que los principales manifestantes sean los trabajadores y los vecinos. La actuación de los funcionarios del Estado depende del tipo de protesta. En ese sentido, el OVCS denunció que, cuando la protesta exige un cambio de gobierno o en alguna corrección en su actuación, la respuesta institucional del Estado suele ser la represión desmedida, independientemente de si el gobernador o alcalde es un dirigente del oficialismo o de la oposición. Cabe destacar que, con frecuencia, el cierre de las calles lo realizan los cuerpos de seguridad, para impedir el avance de movilizaciones anunciadas con anterioridad por organizaciones políticas o por la sociedad civil. Las protestas más recurrentes tienen que ver los derechos humanos y reclamos a las autoridades por servicios básicos. Estos últimos se han mantenido en los últimos tres años en el primer lugar del índice de manifestaciones, y a los habituales por electricidad, agua potable, gas doméstico se sumaron en los últimos años otras por la escasez de gasolina. El segundo lugar lo ocupan las exigencias de reivindicaciones laborales, “lo que refleja que uno de los principales puntos de la crisis que atraviesan los venezolanos tiene que ver con el salario”, indicó Ponce.
Según datos del OVCS, el Estado venezolano favorece todas aquellas manifestaciones donde se exprese simpatía por el gobierno de Nicolás Maduro. En ese caso son permitidas y facilitadas por parte de los distintos cuerpos de seguridad y demás entes del Estado. “Pero si las protestas son realizadas por la sociedad civil, por venezolanos que están exigiendo un cambio, que quieren mejoras en las condiciones de vida, tienen un enorme riesgo de represión”, añadió Ponce.
Aunque actualmente no se presentan protestas callejeras con piquetes o bloqueos de calles en Colombia, entre 2019 y 2022 hubo una fuerte oleada que sí interfirió con el tránsito. La Policía en Colombia ha sido enfática en su intención de no permitir este tipo de acciones: “Protestar es válido, los bloqueos no”. La disolución de este tipo de obstrucciones se desencadenó en medio de enfrentamientos entre estos servidores públicos y ciudadanos manifestantes.
La colisión entre el derecho de protesta y el derecho de libre circulación cobró nueva vigencia en Colombia cuando en mayo del año pasado durante un paro nacional falleció un bebé cuando la ambulancia que lo trasladaba no pudo atravesar un bloqueo. Para Mauricio Jaramillo Jassir, profesor de la Facultad de Ciencia Política de la Universidad del Rosario, “no debería haber contraposición (entre ambos derechos], pero se terminó convirtiendo en un dilema. El hecho de que muriese un bebé porque no pudo ser trasladado, precisamente por el cierre de vías, confirma que en muchos de esos casos se ejerció el derecho a la protesta en detrimento de los derechos de terceras personas”, enfatiza.
Finalmente, en Costa Rica hay protestas callejeras, que en los últimos años han estado especialmente motivadas por la situación económica, el desempleo y el alto costo de vida. Suelen ser realizadas por sindicatos del sector público o transportistas privados. En 2018 y 2019 se sumaron grupos de estudiantes.-
En el caso del país centroamericano el problema principal radica en la falta de una ley que regule en qué momento la libertad de manifestación riñe con la libertad de tránsito. “Lo único que hay es el artículo 26 de la Constitución Política que garantiza el derecho de reunirse pacíficamente y sin armas”, explica el abogado Rubén Hernández. “El problema es que los sindicatos y los grupos de protesta se han aprovechado de esto, hacen lo que quieren hasta el momento en que las autoridades deciden intervenir” agrega.
*El Grupo de Diarios América (GDA), al cual pertenece EL UNIVERSAL, es una red de medios líderes fundada en 1991, que promueve los valores democráticos, la prensa independiente y la libertad de expresión en América Latina a través del periodismo de calidad para nuestras audiencias.
RECUADRO MARCO LEGAL
¿Qué dice la ley en cada país?
ARGENTINA
El derecho a la protesta está contemplado en la Constitución como forma de libertad de expresión, además de una forma de peticionar ante las autoridades. Por otro lado, el artículo 194 del Código Penal establece pena de prisión de tres meses a dos años por interrumpir el normal funcionamiento del transporte, los servicios públicos o de comunicación.
BRASIL
La Constitución Federal garantiza el derecho de manifestación, siempre que no frustre otra reunión previamente convocada para el mismo lugar, sólo requiriendo notificación a la autoridad competente de día y lugar. El aviso pretendía conciliar el derecho de manifestación con el derecho de circulación y garantizar cuestiones como la logística del tránsito. Sin embargo, en diciembre de 2020 del Supremo Tribunal Federal (STF) definió que las manifestaciones en lugares públicos no requieren comunicación previa a las autoridades. Ahora basta con hacer circular un volante como aviso previo.
COLOMBIA
La protesta social es un derecho fundamental y como tal está protegido legalmente por la Constitución Política, al reconocerse que ese derecho tiene una estrecha relación con otros protegidos como la libertad de expresión, de asociación, de locomoción y a la participación. En caso de que se realice una acción violenta dentro de una manifestación, esa acción puede ser objeto de sanciones. El Código Penal indica que quien obstaculice de manera temporal o permanente calles o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de 24 a 48 meses y multa de 13 a 75 salarios mínimos y pérdida de inhabilidad de derechos y funciones públicas por el mismo período. Se excluyen de ese artículo las movilizaciones realizadas con permiso de la autoridad competente.
COSTA RICA
El artículo 26 de la Constitución Política señala que todos tienen derecho de reunirse pacíficamente y sin armas, ya sea para negocios privados, o para discutir asuntos políticos y examinar la conducta pública de los funcionarios. En enero de 2020 la Asamblea Legislativa aprobó una ley para frenar los abusos en las huelgas.
CHILE
Debido a la crisis de 2019, el gobierno de Piñera promulgó la llamada “Ley Antibarricadas”, que modificó el Código Penal para tipificar específicamente las “acciones que atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios”. En el caso de barricadas, se fijaron sanciones de 61 a 540 días de cárcel; y para quien lance objetos que pudiesen causar la muerte o lesiones, se castiga con reclusión de 61 días a tres años.
MEXICO
La libertad de pensamiento y de manifestación viene plasmada en la Constitución: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley ...” A nivel nacional o federal, también se consideran delitos los bloqueos o ataques a las vías generales de comunicación. Este delito se sanciona hasta con 5 años de prisión. En la Ciudad de México la manifestación está garantizada en la Ley de Movilidad, pero debe avisarse 48 horas antes la ruta, aunque pocos lo hacen.
PERÚ
Según la Constitución Política existe el derecho a reunirse pacíficamente sin armas. La detención sólo cabe cuando se afecta el derecho de terceros, la propiedad privada o si se realizan actos de violencia contra la autoridad. El plazo máximo de detención es de 48 horas, pero eso no quiere decir que las autoridades deban esperar dicho plazo. La policía y el Ministerio Público deben definir la situación política en el menor tiempo posible. El bloqueo de carreteras es considerado un delito en el Código Penal, que contempla hasta 10 de años de cárcel efectiva.
VENEZUELA
El artículo 68 de la Constitución establece la garantía del derecho a la manifestación pacífica, sin ningún tipo de restricción. Aunque no hay una legislación regional y municipal (local) que contravenga los estatutos de orden nacional, existe una discrecionalidad en la aplicación de la ley tanto por parte de los funcionarios de cargos de elección popular (gobernadores o alcaldes) como por los agentes que conforman los cuerpos de seguridad de las distintas escalas de gobierno (nacional, regional y local).
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