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¿Pagar o no? Dilema frente a un secuestro

En algunos países la ley no permite los rescates e incluso se bloquean cuentas de familiares; en otros, no se penaliza, aunque no se recomienda

Ilustración: DANTE DE LA VEGA
15/06/2019 |00:26
Redacción El Universal
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A nivel internacional, el secuestro es considerado un delito; sin embargo, tratándose del pago de rescates la situación es mucho menos clara. Hay muchos países donde esta cuestión no está legislada o, como en el caso de Europa, se enfoca en los secuestros cometidos por terroristas o piratas. Aunque las leyes no impidan el pago de rescates, los gobiernos no lo recomiendan. En algunas naciones sí está prohibido e incluso se bloquean las cuentas de familiares de las víctimas para evitar que usen el dinero para pagarlos.

Dónde no se prohíbe

Estados Unidos. La ley no prohíbe, en términos generales, el pago de un rescate para liberar a una persona secuestrada o más, pero tampoco lo recomienda ni lo promueve. Lo que sí es un delito es recibir, poseer o disponer de recursos entregados como rescate por un secuestro y el castigo puede ser de hasta 10 años de prisión.

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España. En esta nación no se prohíbe el pago de rescate por secuestro común, pero la policía recomienda no realizarlo porque no hay garantías de que la víctima vaya a ser liberada, porque un pago puede animar al delincuente a exigir más, incentiva la comisión de estos delitos y contribuye a financiar la operatividad de las bandas.

La recomendación es: denunciar el hecho y contactar a la policía. Los pagos sólo se intentaron restringir con ocasión de los secuestros de tipo terrorista por parte de ETA, pero en la práctica era algo difícil de aplicar porque los familiares alegaban “miedo insuperable” para justificar el pago del rescate y eludir cualquier responsabilidad penal, obstaculizando así cualquier actuación legal.

Colombia. En 1992 se presentó una iniciativa para combatir los secuestros, en medio de una creciente ola de delitos de este tipo. La llamada Ley 40 o Ley Antisecuestro fue aprobada en enero de 1993 y aumentaba las penas contra los secuestradores hasta a 60 años de prisión, pero su elemento más polémico fue el de prohibir el pago de rescates.

No sólo eso, sino que permitía a la fiscalía inventariar y controlar los bienes de secuestrados y familiares para impedir que se utilizaran en el pago de rescates. Incluso se proscribió la posibilidad de solicitar un crédito para pagar por la liberación del secuestrado.

Sin embargo, tras una serie de demandas, en noviembre de ese año una Corte constitucional determinó que la ley no tenía sustento jurídico, que atentaba contra la dignidad humana, menoscababa la libertad individual y era una norma cruel y degradante.

Uno de los argumentos de los demandantes fue que la norma no frenaría a las familias de pagar rescates, simplemente no lo informarían a las autoridades, bloqueando cualquier apoyo que éstas les pudieran brindar.

Unión Europea. “En la Unión Europea, por lo general, no se registran casos de secuestro [común] debido a la estricta aplicación de la ley y bajos niveles de corrupción”, sostiene NYA, una consultora especializada en la materia con sede en Londres.

Dónde se prohíbe

Italia. Luego de que entre 1969 y 1998 las mafias italianas convirtieran los secuestros en un gran negocio, se aprobó en 1991 una ley para cortar el flujo de fondos que prohibió pagar rescates a las familias de los secuestrados. Para conseguirlo se autorizó el bloqueo de cuentas bancarias. La ley dejó la responsabilidad de la negociación de los secuestros en manos de las autoridades.

Paraguay. En 2010 el gobierno promulgó una ley de combate al secuestro que permite al Estado bloquear las cuentas de las víctimas para impedir el pago de rescates y deja en manos del MP la negociación con los captores.

Terrorismo, un caso particular

Tanto Estados Unidos como los países de la Unión Europea enfrentan el fenómeno de los secuestros a manos de terroristas o piratas.

En estos casos, no sólo se prohíbe el pago de rescates, sino que, por ejemplo en Estados Unidos, se considera financiación del terrorismo, por lo que puede ser penalizado, aunque desde la administración de Barack Obama se determinó no penalizar a las familias de secuestrados por grupos terroristas por el pago de rescates.

Los principales eventos de secuestro de europeos se registran en el exterior, particularmente en zonas de conflicto, y son perpetrados esencialmente por agrupaciones terroristas y grupos criminales, como piratas, con fines económicos y propagandísticos.

Los estadounidenses, británicos y franceses dominan la lista de nacionales blancos en el extranjero. En este tipo de situaciones, los tres países manejan la política de no concesión ante el secuestro. La principal objeción para el pago de rescate es que es un incentivo para perpetrar más raptos.

Francia comenzó paulatinamente a adoptar esta política a partir de 2010, aunque en 2014 todavía se registró un caso en el que se realizaron pagos al Estado Islámico por la liberación de franceses secuestrados. Reino Unido considera que “los futuros daños causados por concesiones serán mayores a los daños causados por la muerte del secuestrado”.

Los manuales

La Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) cuenta con el manual Lucha Contra el Secuestro que incluye recomendaciones acerca de cómo prevenir un rapto y estrategias de negociación con los secuestradores. Sobre la posibilidad de pagar rescate, señala que “en principio, no debe apoyarse la satisfacción de las demandas económicas y en muchos países se declara públicamente que las autoridades no lo harán”, aunque subraya que “el objetivo máximo es la preservación de la vida”.

La Oficina Federal de Investigación Criminal y Europol también cuentan con un manual sobre estrategias de prevención y respuestas ante el secuestro, toma de rehenes, extorsión y ataques. El documento consiste en una serie de recomendaciones sobre cuestiones como el trato con los secuestradores, la negociación, la liberación, el rescate o la posible huida.

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