Un hombre, que fue encarcelado injustamente durante 12 años acusado de 10 violaciones contra mujeres en Sao Paulo, Brasil, fue liberado por la Justicia tras demostrarse su inocencia.
Carlos Edmilson da Silva fue exonerado después de que las pruebas de ADN realizadas por la Superintendencia de la Policía Técnico-Científica identificaran al verdadero agresor que atacó a las víctimas.
Da Silva tenía 24 años cuando fue detenido, el 10 de marzo de 2012, por la Policía Civil de Barueri. En aquel entonces, fue señalado por la investigación como el responsable de los ataques y abusos sexuales contra 10 mujeres en dicha ciudad y en la vecina Osasco.
Carlos siempre negó los delitos, ocurridos entre 2010 y 2012. Sin embargo, fue reconocido por fotografía y posteriormente en persona por las víctimas en la comisaría. Fue juzgado y sentenciado a 137 años, 9 meses y 28 días de cárcel por las violaciones.
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12 años después, Carlos salió de la Penitenciaría de Itaí como un hombre libre e inocente. A sus 36 años, Carlos fue recibido por su madre, Ana Maria da Silva.
"Ni siquiera tengo palabras. Ni siquiera puedo hablar correctamente", expresó a sus abogados y a los periodistas que lo esperaban fuera de la prisión. A Carlos le preguntaron cómo se sentía respecto a la libertad después de más de una década de estar encerrado por crímenes que no cometió. Casualmente, el verdadero agresor de las 10 mujeres se encuentra encarcelado en la misma penitenciaría de Itaí donde Carlos estuvo preso durante 12 años.
El verdadero abusador fue identificado por el Centro de Biología y Bioquímica del Instituto de Criminalística (IC) como José Reginaldo dos Santos Neres. Un hombre de 34 años, que estaba cumpliendo una condena por robos. Su material genético fue encontrado en cinco de las 10 víctimas. Las otras cinco víctimas no fueron sometidas a un examen sexológico.
‘TV Globo’ y ‘g1’ informaron sobre las violaciones en serie. La Policía Civil comunicó a la prensa cuando Carlos fue detenido después de ser reconocido por las víctimas en la comisaría de Barueri. Las mujeres denunciaron que los ataques sucedieron cerca de la autopista Castello Branco. La Policía Civil indicó en un comunicado que, si se detectan irregularidades, se abrirá una investigación en la Oficina de Asuntos Internos.
Para que el Tribunal de Justicia (TJ) de São Paulo y el Tribunal Superior de Justicia (STJ), de Brasilia, alcanzaran esta decisión y revisaran y anularan las condenas contra Carlos, el Ministerio Público (MP) solicitó al Instituto de Criminalística (IC) de la Policía Técnico-Científica realizar una acción que ninguna otra autoridad había requerido anteriormente al organismo: comparar el ADN de las víctimas de violación que acusaron al jardinero con su material genético. Se llevaron a cabo pruebas a esas cinco mujeres que acudieron a los hospitales y permitieron que los médicos recogieran rastros de semen.
Por ley, a los prisioneros condenados por delitos como violación, homicidio, robo y robo violento se les extrae material genético por expertos penitenciarios. Si los prisioneros acceden, pueden pasar de un régimen cerrado a uno más indulgente.
"Recibimos los rastros recolectados de los cuerpos de las víctimas de delitos sexuales", afirmó la experta Ana Cláudia Pacheco, directora del Centro de Biología y Bioquímica. "Ya podemos concluir que el perfil del vestigio [de José] era el mismo entre las víctimas. En otras palabras, era el mismo individuo el que había cometido estos diferentes crímenes. Al principio, recibimos una muestra de un sospechoso [Carlos] y luego su ADN no era compatible con el ADN que estaba en estos rastros”, añadió.
Flavia Rahal, directora y fundadora del Proyecto Inocencia Brasil, es contundente al criticar el reconocimiento fotográfico o en persona de sospechosos por parte de la policía como única prueba en un crimen. Según ella, que colaboró con el instituto en la defensa gratuita de Carlos, es crucial considerar otras evidencias en una investigación.
"Las víctimas no estaban mintiendo. Nos enfrentamos a una situación muy triste. De mujeres que han sido violadas y a las que se les ha hecho creer que están reconociendo al hombre que las violó. Pero, lamentablemente, la forma en que se hizo este reconocimiento fue muy inductiva porque en la gran mayoría de los casos, se enfrentaron a una sola fotografía de este niño soltero, ya con la afirmación de que era una persona que ya estaba siendo reconocida en otros casos", declaró Flavia.
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El Tribunal de Justicia revisó tres condenas por violación impuestas a Carlos. El Tribunal Superior de Justicia examinó otros seis casos en los que fue condenado, siendo el último hace unos días. Los tribunales superiores reconocieron que su identificación fue defectuosa e influyó en las demás acusaciones en su contra. Por esta razón, revocaron todas las condenas, incluidas las que no se basaban en ADN.
"Fue un trabajo gradual, cauteloso y que requirió mucho tiempo, pero fue acogido con beneplácito tanto por el Tribunal de Justicia como más especialmente por el Tribunal Superior de Justicia en este reconocimiento tan importante de la inocencia de un hombre que ha estado preso por más de 12 años", expresó Flavia.
"La primera deficiencia se identificó en la investigación, en el proceso investigativo, que se conformó con este reconocimiento inducido por las víctimas y no buscó ningún otro tipo de prueba. No contamos con imágenes de cámaras de seguridad, no tenemos localizadores de celulares que indiquen su presencia en esos lugares, no tenemos ninguna prenda de vestir incautada. No tenemos más que ese reconocimiento", comentó la directora del Proyecto Inocencia Brasil.
"Carlos Edmilson fue condenado y esa condena fue anulada. Entonces [José] Reginaldo también fue procesado porque el ADN [fue] identificado", declaró el fiscal Eduardo Querobim, quien hace cuatro años solicitó al CI realizar la prueba al jardinero. Anteriormente, ni la Fiscalía había pedido esta prueba de comparación genética. Tampoco lo hicieron la Policía Civil ni el Poder Judicial. Según los funcionarios consultados por el informe, no hay ninguna ley que exija la coincidencia de ADN en casos de violación. La decisión de realizarla o no debe provenir de las partes involucradas en el proceso.
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