La elección del nuevo presidente de Cuba este 18 de abril por la Asamblea Nacional pondrá fin a un proceso electoral que comenzó en noviembre del año pasado, cuando fueron electos en las urnas los delegados a las asamblea municipales del Poder Popular en todo el país.
Aunque Cuba celebra elecciones periódicas desde hace más de cuatro décadas , este proceso interno es prácticamente desconocido en otras latitudes del mundo, sin embargo este año cobra especial relevancia para la comunidad internacional porque de él saldrá el primer líder del país ajeno a la familia Castro.
El sistema electoral cubano se rige por la Ley Electoral aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional del Poder Popular en octubre de 1992, la cual por primera vez estableció el voto directo y secreto en elecciones provinciales y electorales.
Esa Ley establece dos tipos de procesos: las elecciones generales en las que se elige a los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, su presidente, vicepresidente y secretario, así como al presidente del Consejo de Estado, a su primer vicepresidente, vicepresidentes, secretario y demás miembros.
Los delegados a las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular, sus presidentes y vicepresidentes también son electos en estas elecciones generales, que se llevan a cabo cada cinco años.
El otro proceso son las elecciones parciales, que se celebran cada dos años y medio para elegir a los delegados a las Asambleas Municipales del Poder popular y sus presidentes y vicepresidentes.
Todos los ciudadanos cubanos tienen derecho a elegir y ser elegidos, pero en un país con partido único, el Partido Comunista de Cuba no propone, postula o promueve candidatos, sino que es el propio pueblo el que tiene esa facultad que ejerce con libertad en asambleas públicas.
Lo s ciudadanos, que tienen derecho a emitir un solo voto, se pronuncian directamente por el candidato que desean, por lo que ninguno de los aspirantes a las diferentes instancias realiza campañas proselitistas.
Tras la elección a mano alzada de los delegados de base, éstos deben ser aprobados por el voto secreto de los electores para formar las Asambleas Municipales. Este requisito también se aplica para las Asambleas Provinciales y para la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Sin embargo, para las cámaras provincial y nacional las Comisiones de Candidaturas deben presentar las precandidaturas de los aspirantes, que pueden ser todos aquellos cubanos mayores de 16 años, excepto los incapacitados por enfermedad mental o por causa de delitos.
En el caso de las elecciones para delegados a las Asambleas Municipales se pueden nominar a un mínimo de dos y un máximo de ocho candidatos en cada circunscripción, pero el día de la votación se debe elegir a uno solo.
En los comicios, la votación es directa y secreta en las urnas, las cuales son custodiadas por pioneros uniformados (niños y adolescentes en edad escolar).
La Ley establece que es obligación que todos los electos lo sean por mayoría, es decir, que obtengan más de 50% de los votos válidos emitidos, pero si no logran el porcentaje o hay empate, existe la posibilidad de que la votación se repita una semana después.
Un aspecto fundamental del sistema electoral cubano es el carácter elegible, renovable y revocable de todos los integrantes de los órganos representativos del poder del Estado, quienes están obligados a rendir cuenta de su actuación ante los electores.
De acuerdo con la ley, los elegidos pueden ser revocados en cualquier momento de su mandato por causas específicas y según el procedimiento establecido.
Cuba celebró las primeras elecciones en su historia el 16 de junio de 1900, las cuales fueron reguladas por la Orden militar No.164, firmada por el Brigadier General y Jefe del Estado Mayor de Estados Unidos, Adna R. Chafee.
En 1976, la isla llevó a cabo el primer proceso electoral después del triunfo de la Revolución, en el cual fueron electos los dirigentes a las asambleas municipales del Poder Popular.
lsm