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Quito.- La Corte Constitucional de Ecuador declaró la inconstitucionalidad del último estado de excepción en siete provincias, decretado en mayo por el presidente Daniel Noboa, y que restringía el derecho a la inviolabilidad de domicilio y correspondencia en esas zonas, consideradas focos de violencia, informó el viernes la institución.
El dictamen del organismo constitucional, que se suscribió la víspera y fue comunicado el viernes, llama la atención al presidente por “incumplir” los requisitos previstos en la carta política para declarar un estado de excepción.
Según explicó la Corte en un comunicado, los hechos mencionados en el decreto “no configuran específicamente la causal de conflicto armado interno” que invoca el presidente para su emisión. "En el decreto y en los informes que le sirven de respaldo, no se mencionan indicios relacionados" a los parámetros que configuran dicho conflicto, agregó.
A pesar de ello, la propia entidad aclaró que su dictamen “no afecta las facultades ordinarias” del Ejecutivo para emplear a las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad y que su pronunciamiento no desconoce los graves hechos de violencia y la compleja situación que vive el país andino.
El 9 de enero, Noboa decretó el conflicto armado interno debido a una escalada de hechos violentos — incluido el asalto armado de un canal de televisión mientras transmitía en directo—, nombró a 22 organizaciones criminales como terroristas y las declaró “objetivo militar”.
Un día antes, el presidente había declarado el primer estado de excepción desde que se posesionó en noviembre de 2023, que duró 90 días, tras hacerse pública la fuga de la cárcel de Adolfo Macías, alias “Fito”, cabecilla de la peligrosa banda criminal “Los Choneros”, vinculada a cárteles internacionales del narcotráfico.
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El estado de excepción declarado inconstitucional por la Corte Constitucional fue decretado por el presidente el 22 de mayo en las provincias de El Oro, Guayas, Los Ríos, Manabí, Santa Elena, Sucumbíos y Orellana, restringiendo el derecho a la inviolabilidad de domicilio y permitiendo a la fuerza pública entrar sin orden judicial a viviendas de sospechosos de cometer delitos.
El experto constitucionalista, André Benavides, explicó a The Associated Press que, de acuerdo con sus competencias, la Corte ha realizado un control posterior de la declaratoria y al no cumplir con los requisitos formales “lo deja sin efecto”.
Sin embargo, en la misma línea del dictamen de la Corte, el jurista coincidió en que pese a no regir el estado de excepción, “el presidente está habilitado para movilizar a las fuerzas armadas”, sin que eso signifique la restricción de derechos como la inviolabilidad de domicilio.
El 21 de abril, Noboa obtuvo el respaldo de una mayoría de votantes en una consulta popular y referendo que viabiliza la acción de los militares en apoyo a la policía para combatir al crimen organizado. La Asamblea tramita los cambios aprobados en la consulta.
Ecuador atraviesa desde 2021 una ola de violencia sin precedentes que no ha podido ser contenida por los gobiernos de turno que también acudieron a la declaratoria de estados de excepción ante la arremetida de grupos criminales.
En 2023, el país superó el récord de muertes violentas con 7592 casos, es decir, una tasa de 42 muertes por cada 100.000 habitantes. Desde enero y hasta el 3 de junio, la policía reportó 2458 asesinatos.
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