El gobierno cubano utiliza como pretexto las restricciones por la pandemia coronavirus para “acosar, intimidar y detener a disidentes”, asegura Human Rights Watch (HRW).
La ONG documentó, entre julio y noviembre, abusos contra 34 cubanos. En todos los casos, señaló, “las autoridades invocaron normas relativas a la pandemia para actuar en contra de críticos del gobierno y otras personas”.
HRW alude a la irrupción de las autoridades cubanas en una casa donde 14 artistas y disidentes, muchos de ellos del Movimiento San Isidro, se habían atrincherado, exigiendo la liberación del rapero Denos Solís, condenado a ocho meses de prisión por “desacato a la autoridad”. La policía allanó el lugar alegando que uno de los presentes no cumplía las normas sanitarias contra el Covid-19 .
La irrupción detonó, al día siguiente, una protesta de cientos de personas frente al Ministerio cubano de Cultura, exigiendo diálogo.
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El gobierno recibió a 30 representantes, pero un día después acusó que la protesta representaba “el último intento” de la administración de Donald Trump “por derrocar la revolución cubana ”.
“Las autoridades cubanas se han aprovechado de las normas contra el Covid-19 para ampliar la larga lista de herramientas represivas que utilizan en contra de sus críticos”, señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch, en un comunicado sobre el reporte.
“Esto forma parte de un patrón más amplio en el cual el gobierno utiliza de forma descarada cualquier excusa para reprimir el disenso sistemáticamente”, agregó.
La ONG subraya que las autoridades cubanas han realizado “detenciones arbitrarias, abriendo procesos penales abusivos y deteniendo a personas en celdas insalubres que favorecen la propagación del Covid-19 ”.
HRW entrevistó a 35 personas en Cuba, incluyendo víctimas, familiares y abogados; además, consultó informes periodísticos, sentencias judiciales y videos publicados en redes sociales, entre otras fuentes. Documentó así abusos en 34 casos. Señaló que, de 20 personas detenidas, tres fueron procesadas arbitrariamente, otras tres fueron multadas y 14 recibieron amenazas de procesamiento por “propagación de epidemias” al informar sobre casos de Covid-19 en la isla.
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También refirió que ocho personas recibieron multas aparentemente arbitrarias, sobre la base de normas vinculadas con el Covid-19. De 30 detenidos, nueve fueron acusados por no usar cubrebocas de forma correcta, algo que los multados rechazaron.
HRW menciona el caso de un disidente multado por no haber denunciado que un amigo no estaba usando la mascarilla de forma correcta.
De acuerdo con la ONG, a los detenidos no se les permitió hacer la llamada telefónica a que tienen derecho.
“Algunos sufrieron violentas golpizas y varios enfrentaron procedimientos penales sin contar con un abogado que los representara”, reportó.
HRW recuerda que en mayo pasado, el gobierno de Miguel Díaz-Canel aprobó una resolución que hace obligatorio el uso del cubrebocas en espacios públicos y establece multas por el equivalente a 77 dólares a quienes realicen fiestas, se pongan el cubrebocas de forma equivocada o “dificulten” el cumplimiento de las normas sanitarias.
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Para quienes no cubran la multa, que representa el doble, aproximadamente, del salario promedio cubano, la sanción es de hasta seis meses de prisión.
HRW incluye algunos casos concretos de abusos, como el de Keilylli de la Mora Valle, detenida el 12 de abril cuando estaba fumando, por no usar el cubrebocas. En protesta, comenzó a desnudarse en la estación de policía, por lo que, indica la ONG, fue golpeada. En mayo, en un juicio en el que no contó con quien la representara legalmente, fue condenada a un año y medio de prisión por “desacato, resistencia, desobediencia” y “propagación de epidemias”.
HRW advierte que, con base en el derecho internacional, hay derechos básicos que ni siquiera durante emergencias pueden restringirse.
“Estos incluyen la prohibición de los malos tratos, los principios fundamentales del acceso a un juicio justo y a no sufrir detención arbitraria, el derecho a la revisión judicial de las detenciones y la libertad de pensamiento”, indica.
Señala que si bien se pueden restringir derechos como la libertad de expresión y asociación, sólo se justifica hacerlo cuando existe un fundamento legal y es estrictamente necesario. Subraya que en este caso, la duración de la restricción debe ser limitada y respetar “la dignidad humana”, sin aplicarse de forma arbitraria o discriminatoria.
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