. – El opositor partido Revolución Ciudadana (RC), del expresidente izquierdista ecuatoriano Rafael Correa, aportó 48 votos e impidió este jueves por la noche a la Asamblea Nacional de autorizar abrir un juicio por supuesto peculado en contra del exvicepresidente de ese país Jorge Glas, hospedado desde el domingo anterior en la embajada de México en Quito.

En un proceso que requirió de 92 sufragios para permitir enjuiciar a Glas, una de las fichas fundamentales del movimiento de Correa, las fuerzas políticas oficialistas y de otros bandos consiguieron 44 votos, pero hubo 23 abstenciones y se recibieron 115 de un total de 137 asambleístas, con 22 ausencias.

“Terrible precedente de impunidad”, advirtió, al respecto, la fiscal general de Ecuador, Diana Salazar.

No obstante, alertó que como Glas ya dejó sus funciones, la resolución de la Asamblea “carece de eficacia jurídica”.

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La Fiscalía “insistirá en la solicitud de fecha y hora para la realización de una audiencia (con Glas) para la formulación de cargos” por presunto peculado o uso indebido de fondos públicos en las tareas de reconstrucción de zonas golpeadas por un terremoto en 2016, anunció.

Como supuesta víctima de acoso político, Glas ingresó a la embajada mexicana luego de que la Fiscalía pidió el domingo pasado a las autoridades policiales ecuatorianas localizarlo para investigarlo por aparentes anomalías en contratos para esas labores reconstructivas.

Glas, también izquierdista, formalizó el miércoles su solicitud de asilo en México y reactivó el debate sobre la pertinencia conceder ese beneficio diplomático a personas prófugas por delitos comunes, cuando ese instrumento jurídico surgió para favorecer a perseguidos políticos.

Pero el resultado de una solicitud del juez ecuatoriano Luis Rivera, de la Corte Nacional de Justicia, a la Asamblea para que resolviera si se debía aceptar o rechazar avanzar al juicio contra Glas por peculado, podría repercutir en la decisión mexicana con respecto al asilo diplomático al exvicepresidente.

El abogado ecuatoriano Eduardo Franco, defensor de Glas, alegó el pasado martes por la noche que Glas, con dos condenas por delitos comunes de corrupción, entró a la embajada porque teme por su vida en caso de retornar a prisión.

Preso de 2017 a 2022, Glas obtuvo libertad condicional en 2022 y logró unificar las sentencias en 2023 a 8 años y quedar con unos 24 meses pendientes de purgar.

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El exvicepresidente rechazó reiteradamente las acusaciones por las que se le condenó y argumentó que sufrió un hostigamiento político por integrar las fuerzas leales al expresidente Correa, gobernante de 2007 a 2017, sentenciado en 2020 a 8 años de prisión por cohecho y ahora recluido en Bélgica.

Glas recibió 6 años de cárcel en 2017 por asociación ilícita por coimas que involucraron el escándalo mundial de corrupción por sobornos de la constructora brasileña Odebrecht en 10 países de América Latina y el Caribe. En 2020 se le sumaron 8 años de prisión por cohecho, en el mismo litigio de Correa.

La Fiscalía reveló el pasado lunes que Glas habría conseguido salir del encarcelamiento porque el narcotraficante ecuatoriano Leandro Norero, alias “El Patrón” y fallecido en 2022 en un motín penitenciario, habría pagado 250 mil dólares en sobornos a funcionarios judiciales para que lo liberaran.

El supuesto nexo del Glas, vicepresidente de 2013 a 2018, con el soborno de Norero lo habría vinculado con una mafia ecuatoriana del narcotráfico ligada al Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), una de las principales organizaciones mexicanas del narcotráfico internacional.

Ni Glas ni sus abogados se refirieron a estas denuncias de la Fiscalía. El lío por el denunciado ligamen con narcotráfico tampoco entró a los hechos en torno al asilo.

Los detalles del presunto apoyo de Norero a Glas surgieron en las redadas ejecutadas la semana pasada por el “Caso Metástasis”, el mayor operativo contra el narcotráfico desplegado en la historia de Ecuador.

La batida permitió arrestar a 31 jueces, policías, abogados, peritos, guías penitenciarios y un general en retiro, en un voluminoso expediente por presunta delincuencia organizada.

La Fiscalía negó el lunes inicialmente que contra Glas hubiera orden de captura por el trámite de peculado en la reconstrucción por el terremoto y planteó que el objetivo de su localización fue para notificarle acerca de los cargos.

En una entrevista con la cadena CNN en Español, Franco precisó que el pedido de su cliente ante México está basado en la Convención de Asilo Diplomático de Caracas, Venezuela, de 1954, para obtener “el asilo correspondiente”.

“En principio el asilo diplomático solo opera en caso de persecución política, no para amparar individuos, como Glas, que están acusados de delitos comunes y corrupción por tribunales que son independientes del actual gobierno”, afirmó el abogado y diplomático boliviano Jaime Aparicio, exembajador de Bolivia en la Organización de Estados Americanos (OEA).

“Sin embargo, de acuerdo con los tratados sobre asilo diplomático (una institución jurídica latinoamericana), el que califica la calidad de asilado es el país receptor, en este caso México”, aclaró Aparicio a .

“Pero el gobierno de Ecuador es el que decide si le da un salvoconducto para que (Glas) salga a México o puede negarse a hacerlo”, agregó, al recordar procesos emblemáticos en la historial interamericana del asilo de personajes que permanecieron varios años dentro de embajadas sin obtener salvoconductos para viajar a la nación receptora.

La Convención de 1954 determinó las excepciones al derecho de obtener asilo en su artículo tercero y estableció:

- “No es lícito conceder asilo a personas que al tiempo de solicitarlo se encuentren inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes, o estén condenadas por tales delitos y por dichos tribunales, sin haber cumplido las penas respectivas, ni a los desertores de fuerzas de tierra, mar y aire, salvo que los hechos que motivan la solicitud de asilo, cualquiera que sea el caso, revistan claramente carácter político”.

- “Las personas comprendidas en el inciso anterior que de hecho penetraren en un lugar adecuado para servir de asilo deberán ser invitadas a retirarse o, según el caso, entregadas al gobierno local, que no podrá Juzgarlas por delitos políticos anteriores al momento de la entrega”.

El artículo segundo aclaró un factor que justificaría a México:

- “Todo Estado tiene derecho de conceder asilo; pero no está obligado a otorgarlo ni a declarar porqué lo niega”.

La Fiscalía instó el lunes a México a que “invite” a Glas a salir voluntariamente de la embajada para que comparezca a “algunas diligencias” para notificarle el proceso de juicio sobre el peculado en áreas asoladas por el sismo de 2016.

Desde el domingo, el gobierno derechista de Ecuador también exhortó a México a que invite a Glas a cooperar” con la Fiscalía y anticipó que “no sería lícita” una eventual medida mexicana de concederle asilo, porque la Convención descartó otorgarlo a personas “inculpadas o procesadas en forma ante tribunales ordinarios competentes”.

México alegó que a Glas se le permitió entrar como huésped, informó que, si formaliza su pedido de asilo, lo evaluará “detenidamente” y aseguró que está “en la mejor disposición” de dialogar y colaborar con Ecuador.

El asilo a Glas “debería ser negado”, planteó esta semana el exvicecanciller ecuatoriano y abogado internacionalista Carlos Estarellas, al periódico El Universo, de Ecuador.

“Pero como el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, (…) pone su ideología sobre las convenciones internacionales, podrían concedérselo”, anticipó, tras sugerir que, en ese escenario, el gobierno de Ecuador “tendría que negarle el salvoconducto para que salga”.

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