El home office, una modalidad de trabajo que se ha vuelto rutinaria a raíz de las acciones que se vieron obligadas a tomar ciertas empresas para evitar la propagación del Covid-19 , permite a varios sectores de la sociedad, con ciertas limitantes, entrar sin restricciones al campo laboral.
Por ejemplo, personas que viven en lugares geográficamente lejanos , madres que eligen dedicar más tiempo a la crianza, personas con discapacidad, entre otras.
Bajo esta modalidad, las empresas pueden formar equipos de trabajo multiculturales , lo que por ende enriquece los procesos.
Incluso es una opción viable para que las organizaciones logren presencia internacional o en otras regiones, sin necesidad de contar con instalaciones físicas.
No obstante, los trabajadores enfrentan el reto de ser productivos y concentrarse para cumplir cabalmente con sus objetivos, ya que la implementación del home office trae consigo ciertas limitantes tales como los distractores , las conexiones inestables y quizá la falta de un espacio de trabajo que cuente con todo lo necesario.
De ahí que por parte de las empresas, el desafío de implementar el teletrabajo sea establecer buenas prácticas al tiempo en el que adoptan la tecnología necesaria para garantizar que sus empleados a distancia cuenten con todos los recursos para llevar a cabo su trabajo de modo eficiente.
La noche de este miércoles 9 de diciembre, el pleno del Senado de la República aprobó la minuta de dictamen de reformas a la Ley Federal del Trabajo en materia de Teletrabajo .
Esto quiere decir que se reconoce el teletrabajo como el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, por lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo; así como el uso de las tecnologías de la información y comunicación para establecer comunicación entre trabajador y patrón.
En la minuta enviada por los diputados establece que se deberá hacer constar por escrito las condiciones de trabajo en un contrato , que se le deberán entregar insumos y equipo de trabajo a los trabajadores , así como los mecanismos de contacto.
También se reconoce el derecho a la desconexión , y la necesidad de establecer mecanismos de capacitación y asesorías para garantizar la adaptación y aprendizaje.
¿Cómo se ha regulado el home office en otras partes del mundo?
De acuerdo con el estudio titulado “ El teletrabajo, un estudio comparado ” escrito por la investigadora Carla Angélica Gómez Macfarland, países como Islandia , Noruega , Finlandia , Estados Unidos , Argentina , Chile , Ecuador y Colombia han registrado avances importantes en la implementación del home office, ya que cuentan con programas para fomentar dicha modalidad laboral.
Islandia
De acuerdo con el estudio, desde 2013 el gobierno islandés ha destinado recursos públicos para conducir una serie de encuestas e investigaciones relacionadas con el teletrabajo con el fin de aumentar estadísticas o el interés en el teletrabajo en su país.
Asimismo, Islandia , al ser parte de la EFTA ( Asociación Europea de Libre Comercio ), acata el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo que tiene como objetivo dar más seguridad a los teletrabajadores por cuenta ajena en la Unión Europea al crear un marco general a escala europea para las condiciones laborales de los teletrabajadores y compaginar las necesidades de flexibilidad y seguridad comunes a los empresarios y los trabajadores.
Cabe mencionar que el Acuerdo incluye diversos ámbitos que es necesario considerar si se desea proteger y regular adecuadamente el home office, ya que abarca desde la privacidad de datos, otorgamiento de equipos, salud y seguridad, capacitación de teletrabajadores, derechos colectivos de teletrabajadores, por mencionar sólo algunos.
Noruega
Desde hace más de una década, el gobierno de Noruega ha implementado la modalidad de trabajo a distancia en algunas de sus instituciones públicas y al igual que Islandia se ha encargado de fomentar la investigación al respecto.
Asimismo, el marco regulatorio del país apoya los esquemas laborales flexibles (en cuanto a horarios y días de trabajo remoto) si es que no causan inconveniencia para el empleador, además de garantizar derechos de vacaciones a los empleados de al menos de 25 días hábiles al año y una semana extra si los empleados tienen más de 60 años.
Finlandia
Finlandia tiene una larga historia con el trabajo remoto debido a que el país cuenta con la infraestructura de Tecnologías de Información ( TI ) ya instalada, además de que existe confianza entre el empleador y los trabajadores.
Además, en enero 2020 Finlandia introdujo la Ley de Horas de Trabajo, una legislación que permite a los trabajadores tener mayor libertad sobre en dónde y cuándo trabajar, ya que la ubicación del empleado ya no es considerada para calcular las horas trabajadas.
Cabe destacar que la Ley de Horas de Trabajo incluye una figura jurídica novedosa denominada “ bancos de horas de trabajo ” que permite a los empleados ahorrar y combinar horas de trabajo, vacaciones o tiempo libre obtenido de intercambio de servicios monetarios.
Estados Unidos
En Estados Unidos el home office comenzó en las décadas de 1970 y 1980 en la industria informática de California y se ha expandido gradualmente con el paso de los años.
Además, desde el 2010 se tiene la Ley de Mejora de Teletrabajo que estipula que incluso organismos del gobierno federal deberán autorizar el Teletrabajo y la adopción de T/TICM o tecnologías móviles .
Cabe mencionar que la Ley de Mejora de Teletrabajo incluye diversos ámbitos que es necesario considerar si se desea proteger y regular adecuadamente el home office como son definiciones, requerimientos de agencias ejecutivas de teletrabajo, capacitación y monitoreo, entre otras.
Argentina
A pesar de que Argentina no cuenta con algún instrumento jurídico específico para el teletrabajo, si se tienen leyes que pueden aplicar a dicha modalidad laboral como la Ley de Contrato de Trabajo (LCT Ley 20.744 del año 1976) y la Ley No. 25.800 que ratifica el Convenio No. 177 sobre trabajo a domicilio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Además en Argentina existe la Resolución 21/2020 de Superintendencia de Riesgos del Trabajo que establece que los empleadores que habiliten a sus trabajadores a realizar su prestación laboral desde su domicilio deberán notificar a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) a la que estuvieran afiliados, ésto en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto No. 260 de fecha 12 de marzo de 2020.
Chile
En Chile han existido algunas experiencias piloto de trabajo a distancia en el sector público del país, el primero comenzó con unas tres decenas de funcionarios en dicha modalidad, tres días a la semana, en 2017, y aumentó al doble de servidores públicos al año siguiente.
Debido a la emergencia sanitaria generada por el SARS-CoV-2 (Covid-19), la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) este año emitió recomendaciones para trabajadores y empleadores respecto del trabajo a distancia y teletrabajo , basado tanto en la legislación como en el reglamento aplicable.
Además, la L ey 21.220 modificó el Código del Trabajo en Chile y regula el teletrabajo y el trabajo a distancia, mientras que el Ministerio del Trabajo y Previsión Social , a través del Decreto No. 18 2020, indicó especificaciones en seguridad y salud en trabajo a distancia.
Ecuador
En Ecuador ya existe una norma jurídica vigente que brinda seguridad jurídica a aquellas personas inmersas en una relación laboral a distancia y que abarcan la igualdad de derechos, confidencialidad de la información, respecto a jornadas laborales, pagos de horas extras, descansos, entre otros.
Colombia
Actualmente, Colombia tiene legislación específica de teletrabajo que da sustento y viabilidad legal a la política pública de fomento a esa modalidad de trabajo en el país desde hace más de una década.
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