El Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas (INFO) capitalino ordenó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) entregar información sobre audiencias virtuales digitales o en línea derivado de las restricciones por

De acuerdo con la petición de un ciudadano solicitó al TSJ datos en formato abierto sobre audiencias virtuales digitales o en línea que haya realizado el propio organismo derivado de las , desde marzo de 2020 a la fecha de la recepción de la solicitud.

Al exponer el caso ante el colegiado, la comisionada María del Carmen Nava Polina explicó que, en la solicitud de información, se pide un desglose de los datos como sexo, tipo de delito, fecha, tipo de audiencia, entre otros.

En su respuesta, el TSJ informó que no cuenta con los datos en el nivel de desagregación solicitado y sólo proporcionó el número de audiencias que se atendieron en cada unidad de gestión judicial y en la unidad especializada en adolescentes, desglosada por mes de marzo de 2020 a mayo de 2021.

“El Tribunal reiteró el contenido de su respuesta e informó que no cuentan con una base de datos en la forma y los términos requeridos, puesto que no existe normatividad que así se lo instruya”, detalló Nava Polina.

Sin embargo, refirió que del estudio del caso se advierte que el sujeto obligado cuenta con una Dirección de Estadística de la Presidencia del Tribunal, la cual es una unidad administrativa que, por sus atribuciones, pudiera contar con la información requerida, así como con el nivel de desglose solicitado.

Por lo anterior, se aprobó modificar la respuesta del TSJ e instruir a que realice una búsqueda exhaustiva para que se pronuncie sobre la existencia de la información al nivel de desglose solicitado y, en el caso de que localice la información, la ponga a disposición del solicitante en la modalidad requerida.

Nava Polina aseguró que, sin datos abiertos por parte de los sujetos obligados, se imposibilita el diseño de políticas públicas de alto impacto.

“Si bien la ley local establece que las entidades sólo están obligadas a proporcionar la información en la manera que obre en sus archivos, también señala un piso mínimo de cumplimiento. Como ejercicio de transparencia proactiva, las autoridades deben generar y disponer de bases de datos con el mayor desglose posible”, puntualizó.

Destacó que esta información sirve tanto a la persona solicitante, como a la academia, a gobiernos y medios de comunicación, para poder medir y evaluar resultados de cada acción y de cada programa público.

“Sin duda alguna, hay que medir para mejorar. En ese sentido es que nos parece importante este tema, para poderlo exponer a este colegiado, de modificar la respuesta del sujeto obligado”, concluyó.

lr/rdmd

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