Las autoridades sanitarias y de gobierno federales, capitalinas y mexiquenses anunciaron el viernes pasado que del 19 de diciembre al 10 de enero la CDMX y el Edomex están en

La determinación implica el cierre de negocios no esenciales y otras medidas que se especifican en la Gaceta capitalina, según el trigésimo séptimo aviso publicado en la Gaceta de la .

Los negocios esenciales podrán operar, pero con un aforo de 30%, lo que significa que únicamente permitirán el acceso a una persona por familia o grupo, a menos de que se acompañe por un menor, persona mayor o con discapacidad.

Las personas que asistan adichos establecimientos deberán utilizar cubrebocas en todo momento. En los negocios de deberán colocar filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura para el ingreso del personal, proveedores y clientes. No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5º C;

También es obligatorio desinfectar constantemente las superficies y objetos con las que las personas tengan contacto, así como las demás áreas de uso común; habilitar y definir sentidos de circulación para la entrada y salida; colocar en la entrada y espacios de uso común, dispensadores de gel antibacterial con 70% de alcohol y privilegiar la ventilación natural.

El listado completo de los negocios esenciales es:

+ Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema de Salud de la Ciudad de México

+ Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención

+ Elaboración y venta de pan

+ Veterinarias y venta de alimento para animales

+ Mercados, supermercados y tiendas de autoservicio

+ Servicios de mudanza

+ Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud

+ Servicios financieros

+ Servicios notariales

+ Generación y distribución de agua potable

+ Servicios de transporte de pasajeros y de carga sus servicios y cadenas de proveeduría

+ Agroindustria

+ Servicios de mensajería y comercio electrónico

+ Seguridad privada

+ Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos

+ Servicios de emergencia

+ Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales

+ Industria de la construcción e industria manufacturera

+ Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio

+ Sector farmacéutico

+ Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de las actividades esenciales

+ Abarrotes, misceláneas, recauderías y tortillerías

+ Lavanderías, tintorerías y jarcierías

+ Tianguis y mercados sobre ruedas

+ Servicios de mantenimiento

+ Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)

+ Servicios de hospedaje

+ Sector energético

+ Industria de alimentos y bebidas

+ Producción agrícola, pesquera y pecuaria

+ Industria química

+ Servicio postal

+ Asilos y estancias para personas mayores

+ Telecomunicaciones y medios de información

+ Servicios funerarios y de inhumación

+ Talleres mecánicos y refaccionarias

+ Manejo de residuos sólidos

+ Programas, trámites y servicios públicos necesarios para la operación de la Ciudad de México.

Rumbo al mediodía, el Gobierno de la Ciudad de México agregó como actividades esenciales en este semáforo rojo a pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores, cuyo giro mercantil sea:

+ Revistas y periódicos,

+ Tlapalería

+ Ferretería

+ Papelería

+ Carpintería

+ Herrería

+ Estéticas, peluquerías, salones de belleza

+ Venta y reparación de bicicletas

cg

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