Las autoridades sanitarias y de gobierno federales, capitalinas y mexiquenses anunciaron el viernes pasado que del 19 de diciembre al 10 de enero la CDMX y el Edomex están en semáforo rojo.
La determinación implica el cierre de negocios no esenciales y otras medidas que se especifican en la Gaceta capitalina, según el trigésimo séptimo aviso publicado en la Gaceta de la Ciudad de México .
Los negocios esenciales podrán operar, pero con un aforo de 30%, lo que significa que únicamente permitirán el acceso a una persona por familia o grupo, a menos de que se acompañe por un menor, persona mayor o con discapacidad.
Las personas que asistan adichos establecimientos deberán utilizar cubrebocas en todo momento. En los negocios de deberán colocar filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura para el ingreso del personal, proveedores y clientes. No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5º C;
También es obligatorio desinfectar constantemente las superficies y objetos con las que las personas tengan contacto, así como las demás áreas de uso común; habilitar y definir sentidos de circulación para la entrada y salida; colocar en la entrada y espacios de uso común, dispensadores de gel antibacterial con 70% de alcohol y privilegiar la ventilación natural.
El listado completo de los negocios esenciales es:
+ Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema de Salud de la Ciudad de México
+ Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención
+ Elaboración y venta de pan
+ Veterinarias y venta de alimento para animales
+ Mercados, supermercados y tiendas de autoservicio
+ Servicios de mudanza
+ Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud
+ Servicios financieros
+ Servicios notariales
+ Generación y distribución de agua potable
+ Servicios de transporte de pasajeros y de carga sus servicios y cadenas de proveeduría
+ Agroindustria
+ Servicios de mensajería y comercio electrónico
+ Seguridad privada
+ Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos
+ Servicios de emergencia
+ Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales
+ Industria de la construcción e industria manufacturera
+ Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio
+ Sector farmacéutico
+ Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de las actividades esenciales
+ Abarrotes, misceláneas, recauderías y tortillerías
+ Lavanderías, tintorerías y jarcierías
+ Tianguis y mercados sobre ruedas
+ Servicios de mantenimiento
+ Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)
+ Servicios de hospedaje
+ Sector energético
+ Industria de alimentos y bebidas
+ Producción agrícola, pesquera y pecuaria
+ Industria química
+ Servicio postal
+ Asilos y estancias para personas mayores
+ Telecomunicaciones y medios de información
+ Servicios funerarios y de inhumación
+ Talleres mecánicos y refaccionarias
+ Manejo de residuos sólidos
+ Programas, trámites y servicios públicos necesarios para la operación de la Ciudad de México.
Rumbo al mediodía, el Gobierno de la Ciudad de México agregó como actividades esenciales en este semáforo rojo a pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores, cuyo giro mercantil sea:
+ Revistas y periódicos,
+ Tlapalería
+ Ferretería
+ Papelería
+ Carpintería
+ Herrería
+ Estéticas, peluquerías, salones de belleza
+ Venta y reparación de bicicletas
cg