Metrópoli

Sandra Cuevas da a conocer las 7 reglas obligatorias para el comercio en vía pública

La alcaldesa detalló que para que la autoridad administrativa permita dicha ocupación, es necesario que concurra una razón de evidente beneficio social

Foto: Especial
23/06/2023 |16:12
Laura Arana
Reportera de la sección MetrópoliVer perfil

La alcaldesa de Cuauhtémoc, dio a conocer las siete reglas de observancia obligatoria para los trabajadores que ejercen sus actividades de comercio en la vía pública.

Detalló que para que la autoridad administrativa permita dicha ocupación, es necesario que concurra una razón de evidente beneficio social, y en ese caso, debe garantizarse a los habitantes que no se le darán más molestias que las estrictamente necesarias, y al estado que no tendrá una sobrecarga de servicios.

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Por ello, indicó que, de acuerdo al Programa de Reordenamiento del Comercio en Vía Pública de la , las reglas a seguir son:

1. El comercio en vía pública deberá respetar el área específica que se le autorizó para ejercer sus actividades y está obligado a no invadir el espacio de circulación peatonal y cuidar la imagen urbana.

2. El permiso que se otorgue será para uso exclusivo del giro que se autorizó.

3. El comercio en vía pública deberá mantener limpio su zona de trabajo hasta un perímetro de dos metros, solucionando así la contaminación producida por el consumo de sus clientes.

4. El comercio en vía pública sumará esfuerzos para mantener una buena imagen de higiene y presentación, procurando una organización adecuada de su puesto con el fin de ser más atractivo para los consumidores.

5. De acuerdo con las disposiciones vigentes, el comercio en vía pública tiene prohibida la venta de bebidas embriagantes así como exhibir, de forma directa o indirecta, los productos como cigarros para su venta o alentar su consumo en espacios de concurrencia colectiva.

6. El comercio en vía pública tiene prohibido colgar lonas o cualquier elemento de protección del sol y la lluvia en postes, semáforos, rejas, puertas y ventanas. No se debe afectar el mobiliario público ni el privado.

7. El comercio en vía pública no podrá ser ejercido en las zonas prohibidas para dicha actividad y por tanto podrán ser removidos de manera inmediata los enseres y mercancías utilizados para el ejercicio del comercio.

La Alcaldesa de Cuauhtémoc, Sandra Cuevas señaló que “el orden y el trabajo son la base del crecimiento”.

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