El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) revocó el acuerdo del Instituto Electoral local en el que se instruía al Gobierno capitalino a retirar la propaganda en la vía pública y el blanqueamiento de bardas.
“El Consejo Electoral excedió sus atribuciones al reglamentar una conducta tomando un precepto normativo que no regulaba el retiro de propaganda electoral previo a las campañas y precampañas electorales”, sostuvo.
En el proyecto que elaboró el magistrado Juan Carlos Sánchez León y que fue aprobado por unanimidad, señala que el acuerdo del IECM carece de fundamentación, pues el artículo 397 del Código Electoral local, al que apela, hace referencia al retiro de propaganda electoral posterior a las etapas de precampañas y campañas y no a un momento previo.
De acuerdo con el proyecto aprobado, actualmente no hay periodo de precampañas ni campañas, por lo que la instrucción de retiro no procede.
A través del acuerdo lECM/ACU-CG-103/2023 Lineamientos para garantizar la imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México giró la instrucción al jefe de Gobierno y a las alcaldías para el retiro de la propaganda.
Este acuerdo fue impugnado por el jefe de Gobierno, Martí Batres, bajo el argumento de que dicho ordenamiento imponía “una carga legal para el Gobierno de la Ciudad de México, misma que carece de sustento por no estar comprendida en la ley aplicable”, además de que implica “la necesidad de erogar recursos públicos sin encontrarse facultado para ello”.