Metrópoli

INE y CDMX firman convenio para difundir y promover la consulta de revocación de mandato

Se otorgará espacios publicitarios para colocar los artes y materiales que le sean proporcionados por el INE

El Convenio no prevé compromiso alguno de recursos financieros y no impone obligaciones financieras para ninguno de los involucrados Foto: Archivo
02/03/2022 |10:18
Redacción
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La (SAF) firmó con el Instituto Nacional Electoral (INE) un convenio de colaboración que tiene como propósito la difusión y promoción de la consulta para la Revocación de Mandato 2022 que se desarrollará el 10 de abril, en espacios publicitarios que gestiona la dependencia capitalina en el Sistema de Transporte Colectivo – Metro y el mobiliario urbano.

Mediante el oficio número INE/DECEyEC/0130/2022 el INE invitó a la Coordinación General de Comunicación Ciudadana del Gobierno capitalino -adscrita a la SAF-, a fin de lograr una mayor difusión y participación ciudadana.

Para ello, otorgará espacios publicitarios para colocar los artes y materiales que le sean proporcionados por el INE; también recibirá correos electrónicos con los archivos electrónicos de diseños de materiales para la difusión, impresión y colocación en los espacios establecidos.

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En tanto, el INE pondrá a disposición de la SAF en los correos, los archivos digitales con los materiales de difusión de la Revocación de Mandato, para que sean colocados en los espacios gestionados por la SAF .

También brindará pronta y permanente asesoría, y acompañamiento para el cumplimiento del objeto del convenio, así como cualquier otra actividad que ambas partes acuerden en atención al mismo.

Acuerdos

Asimismo, se establece que ninguna de las partes involucradas podrá utilizar el nombre, logo, ni emblema de la otra parte sin la correspondiente autorización previa por escrito; tampoco podrá hacer referencia a la presente colaboración en sus materiales para recaudación de fondos o para cualquier otro propósito distinto al del presente convenio sin la previa autorización expresa de los involucrados.

En términos de lo anterior, queda estrictamente prohibida la utilización en cualquier acto público o privado del logotipo, el nombre o las iniciales de las partes, si no existe previa autorización expresa y por escrito al respecto.

El Convenio no prevé compromiso alguno de recursos financieros y no impone obligaciones financieras para ninguno de los involucrados con relación a las actividades; en todo caso, cualquier erogación correrá por cuenta y cargo de cada una de las partes.

El INE y la SAF no tendrán responsabilidad legal alguna por cualquier retraso o incumplimiento en la ejecución del Convenio, que resulte de manera directa o indirecta de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente derivado de aspectos administrativos, en la inteligencia que una vez superados dichos eventos o circunstancias se reanudarán las actividades en la forma y términos que previamente determinen ambas partes.

El Convenio tiene vigencia hasta el 11 de abril de 2022 o se podrá dar por concluido en cualquier momento mediante aviso por escrito con cinco días de anticipación a la otra parte. En tal caso, se tomarán las medidas necesarias para evitar cualquier daño o perjuicio, tanto a los involucrados como a terceros, para lo cual deberán garantizar que las actividades que estén en curso sean concluidas con arreglo a los planes o acuerdos específicos.

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lr/rdmd

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