Toluca, Méx.-
Los diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI) del Congreso mexiquense exhortaron a los 125 municipios garantizar el tránsito libre y seguro para niñas, adolescentes y mujeres, sancionando el acoso callejero.
El punto de acuerdo presentado por la diputada Paola Jiménez Hernández (PRI) , señala que al ser los ayuntamientos quienes establecen el primer contacto con la ciudadanía, es importante que apliquen las sanciones estipuladas en el Código Penal en el artículo 269 bis párrafo tercero, en materia de acoso y hostigamiento callejero.
“En 2021, sólo en el Estado de México , existe un registro de mil 544 casos de acoso y hostigamiento sexual en la entidad, correspondientes a 12 meses, y sólo de las denuncias formalizadas”, refirió.
En este sentido, agregó que el acoso y hostigamiento callejero son formas de violencia en las que se expresan conductas verbales o físicas relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva, lo que conlleva un ejercicio abusivo de poder que deriva en un estado de indefensión y de riesgo para la víctima.
Dijo que todas las mujeres quieren ser libres, caminar seguras y sin miedo, motivo por el cual, es importante que desde el quehacer legislativo y desde los municipios se garantice esa condición humana.
Destacó que ante el incremento de este tipo de violencia sexual a las niñas, adolescentes y mujeres, se cuenta con casos de éxito como en Toluca, que fue el primero en sancionar los piropos, las nalgadas y demás agresiones físicas y verbales con un arresto inconmutable de 24 horas, pero si el ciudadano reincide la sanción será de 36 horas, para denunciar el acoso, las víctimas sólo tendrán que acercarse a cualquier elemento de la policía municipal a realizar su denuncia, para que ellos puedan proceder contra presunto, fue implementado en el Bando Municipal de Toluca, aprobado en julio de 2019 referente al acoso y hostigamiento callejero, primero y único en su tipo.
Otros casos de sanción en la materia han sido en los municipios de Naucalpan donde a partir de la publicación del 5 de febrero del 2020, de acuerdo con el artículo 163 del Bando Municipal, habrá sanciones de cárcel e imposición de multas económicas y será sancionado con una multa de 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización, en su caso, arresto administrativo de hasta 36 horas.
En Ecatepec , publicado el 5 de febrero de 2020 se buscó el arresto inconmutable de entre 24 y 36 horas, además de que los infractores serán obligados tomar sesiones sicológicas para evitar este tipo de agresiones; fue estipulado en el artículo 130 del Bando Municipal indica que “son infracciones contra la dignidad de las personas” y su fracción VII detalla: “emitir ofensas, palabras obscenas o de índole sexual, así como, realizar los actos de exhibicionismo en contra de las mujeres, afectando su dignidad, libertad, integridad física y derechos una o más ocasiones”.
cls