Metrópoli

Por contingencia ambiental, activan el doble Hoy No Circula para el viernes 24 de mayo

Se tomaron medidas para disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud

La CAMe activó Contingencia Ambiental para este 23 de mayo, te decimos qué autos sí circulan. / Foto: Samyra Sosa. EL UNIVERSAL
23/05/2024 |15:57
Samyra Sosa
Periodista WebVer perfil

Durante la tarde de este jueves 23 de mayo, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que se mantiene la para toda la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).

Derivado del registro de concentraciones máximas de ozono de 156 ppb en la estación Gustavo A. Madero (GAM), por lo que ha persistido la influencia de un sistema de alta presión en la región central del país, que genera condiciones de estabilidad atmosférica, cielo despejado, radiación solar intensa y temperatura cercana a los 30°C.

Ante esta situación se tomaron medidas para disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud, teniendo en cuenta las restricciones a la circulación, así como recomendaciones para la población

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¿Qué autos no circulan el viernes 24 de mayo?

Tras activarse la fase 1 de la contingencia ambiental, mañana viernes se aplicarán restricciones vehiculares para los siguientes vehículos de las 05:00 a las 22:00 horas.

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 0, 1, 3, 5, 7 y 9.
  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado azul, terminación de placa 9 y 0
  • Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  • Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  • Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
  • Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Fotos: Francisco Rodríguez

Estos autos sí circulan pese a Contingencia Ambiental

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color azul y terminación de placa 9 y 0.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I
Foto: EFE/Isaac Esquivel

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¿Existen restricciones para las industrias por contingencia ambiental?

La Came sí pone medidas restrictivas a las industrias en sus comunicados, entre ellas refinerías e industrias manufactureras, algunas de las restricciones son:

  • Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40% de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV.
  • La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.
  • Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.
  • Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.
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ss/cr

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