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La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México , con el fin de proteger la salud de la población ante la exposición a niveles altos de contaminación.
Información del Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México indica que continúa desarrollándose la producción de ozono ante la presencia de cielo despejado, alta radiación solar y temperaturas de 28 °Celsius, por lo que las condiciones meteorológicas se mantienen desfavorables para la reducción de la concentración del contaminante.
Desde ayer martes, activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, ya que a las 16:00 horas se registraron concentraciones máximas de ozono de 162 ppb y 156 ppb en las estaciones de monitoreo Santa Fe y Merced respectivamente, ubicadas en las Alcaldías de Cuajimalpa y Cuauhtémoc de la Ciudad de México.
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La Comisión Ambiental de la Megalópolis indicó que estará atenta a la calidad del aire y a la evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la ZMVM e informará en las próximas horas.
Autos que no circulan por contingencia ambiental
Por lo anterior, la CAMe implementó algunas restricciones de circulación para los vehículos con las siguientes características:
- Vehículos con holograma de verificación 2 o 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras
- Vehículos con holograma "0 y 00", engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
- Vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2
- Vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma “00” ó “0” engomado rojo, terminación de placa 3 y 4
- Unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR
- Vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX
- Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
La restricción para que los autos no circulen incluye a los de la CDMX , como del Edomex .
cg