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Un juez federal negó un amparo a una mujer que aseguró ser dueña de un terreno que será afectado por la construcción del Tren Interurbano México-Toluca, y que alegó que las autoridades pretenden despojarla de su propiedad.

El juez Octavo de Distrito en materia Administrativa afirmó que la quejosa no acreditó plenamente la propiedad del predio que reclamó sería afectado con la obra.

La mujer sólo exhibió una constancia de posesión agraria expedida por el presidente del Comisariado de Bienes de la Comunidad de San Lorenzo Acopilco y no por la Asamblea de dicha comunidad agraria.

“Si bien tal documento constituye un indicio tendente a acreditar la existencia de un derecho de posesión agraria que resultó suficiente para otorgar la suspensión de los actos reclamados, al no ser robustecido con ningún medio de prueba idóneo durante la tramitación del presente juicio, por sí solo es insuficiente para acreditar de manera fehaciente la posesión jurídica del bien inmueble de naturaleza agraria a favor de la quejosa”, indicó el juzgador en el expediente 57/2018.

“Lo procedente es negar el amparo y protección de la justicia federal, máxime que si bien para efectos del incidente de suspensión basta con acreditar una apariencia de buen derecho y peligro en la demora para obtener una resolución favorable; en cambio, para el dictado de una sentencia de amparo estimatoria las leyes y la jurisprudencia exigen acreditar de manera contundente la titularidad del derecho subjetivo que se estima violentado”, dijo.

En el amparo, el Décimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa en la Ciudad de México le concedió a la quejosa la suspensión definitiva para con la que la construcción de la obra quedó paralizada momentáneamente.

Sin embargo, con la resolución del juez Octavo de Distrito, la medida quedará sin efectos por lo que las autoridades podrán reanudar labores.

EL UNIVERSAL informó ayer que habitantes del pueblo originario El Contadero consiguieron que el mismo tribunal colegiado ordene al juez Tercero de Distrito admitir a trámite la demanda de amparo que presentaron contra la construcción del tren.

Esto, debido a que el Juez Tercero desechó la demanda por considerar que la autoridad competente es un juez civil mediante la tramitación de una acción colectiva.

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