Debido a que en esta pandemia del Covid-19 , la autoridad ha tomado conocimiento de por lo menos 10 mil fiestas, el vicecoordinador de , José Luis Rodríguez Díaz de León, presentó una iniciativa para prohibir ese tipo de celebraciones en condominios y azoteas de casas y los responsables sean multados.

Para ello, propuso reformar el artículo 21 de la , donde, sin embargo, no precisa el tipo de sanción, bajo el argumento de que la Procuraduría Social (Prosoc) “tiene facultades para ello”, aunque sí solicita que la policía proceda a suspender este tipo de festividades.

Dicha petición, argumentó el morenista, es que pese a estar suspendidas todo tipo de reuniones, debido a la pandemia por el Covid-19 , la Prosoc por ahora solo se ha concretado a orientar a los propietarios de los inmuebles, pero sin establecer sanciones.

Explicó que la dependencia ha recibido alrededor de dos mil 453 quejas por fiestas en condominios o azoteas de los inmuebles, “debido a que están suspendidas estas actividades, pero únicamente se dan orientaciones para los afectados, la cual consiste a que sigan las recomendaciones sanitarias, recomendandoles que no hagan este tipo de reuniones durante la contingencia”.

Vestido con chaleco propio de su partido político, aunque él alega no hacer proselitismo, el morenista expuso ante el pleno del total de queja que ha recibido la Prosoc durante la pandemia, el 63% fueron para denunciar fiestas.

“Pero al estar en suspensión de términos, la dependencia no puede sancionar, pero sí recomendar, por lo que los capitalinos deben llamar al 911 para denunciar y así la policía pueda intervenir, pues está obligada a acudir a los llamados, por lo menos a hacer actos de presencia, tocar la puerta e invitarlos a que disuelvan la reunión”, comentó el legislador.

Comentó que de las dos mil 453 llamadas, la principal alcaldía fue Iztapalapa, donde se registraron 245, lo que representa a 10%; le sigue la Gustavo A. Madero, con 8.9%; Cuauhtémoc, 8%; Benito Juárez, 7.1%; Coyoacán, 6.7%, y Azcapotzalco con 7.4%.

Ante esto, Rodríguez Díaz de León propone que en el artículo 21 de la Ley Artículo 21, que establece: “Queda prohibido a los condóminos, poseedores y en general a toda persona y habitantes del condominio”.

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Además, “realizar acto alguno que afecte la tranquilidad de los demás condóminos y/o poseedores, que comprometa la estabilidad, contaminación auditiva, seguridad, salubridad y comodidad del condominio, o incurrir en omisiones que produzcan los mismos resultados; así como exceder el límite máximo permisible de decibeles en la Ciudad, durante la realización de festejos, reuniones o juntas en techos, azoteas o terrazas de uso general y particular”.

Para el caso de techos, azoteas o terrazas de uso general , la Asamblea General de condóminos acordará los horarios y el número de personas que mejor convengan al destino del condominio o conjunto condominal.

lr/rdmd

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