Más Información
Videojuegos, el nuevo gancho del crimen para captar menores; los atraen con promesas de dinero y poder
Óscar Rentería Schazarino, ha operado contra CJNG, Viagras y Templarios; es el nuevo secretario de Seguridad en Sinaloa
Aunque no habrá multas y mucho menos cárcel, los padres de familia o tutores tendrán prohibido dar “golpes con la mano u otro objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas” a niñas, niños y adolescentes como medida disciplinaria .
Así lo propuso, la vicecoordinadora de Morena en el Congreso de la Ciudad de México , Guadalupe Morales Rubio, a través de una iniciativa que busca adicionar y reformar diversos artículos de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la capital.
La iniciativa, aclaró la morenista, es que hay que combatir los castigos corporales y humillantes , por lo que hay que fomentar las medidas de disciplina no violetas.
“Resulta necesario armonizar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con la reciente aprobada reforma a la Ley General en materia de castigos corporales y humillantes, así como impulsar desde la Ley una política pública que promueva y difunda medidas de disciplina no violentas”, dijo Morelaes Rubio.
Además, aclaró, “es para que se respeten irrestrictamente la dignidad y la integridad de los menores, a fin de lograr las mejores condiciones para el bienestar y el libre desarrollo de su personalidad, coadyuvando con ello a terminar con conductas violentas que son replicadas en la vida adulta”, expuso.
Añadió que tampoco se permitirá “obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve”, comentó.
De igual forma, “mucho menos cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio”, que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación.
Destacó la morenista que no solo los padres de familia deberán cumplir esto, sino también los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social y de cualquier otra índole, que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes.
Incluso, precisó que será el DIF capitalino , quien deberá promover y difundir medidas alternativas de disciplina, que sean participativas, positivas y no violentas, “a efecto de coadyuvar a lograr las mejores condiciones para el bienestar y el libre desarrollo de la personalidad”.
En su proyecto, Morales Rubio refirió que para ello, el Código Civil Federal establece la prohibición a que la madre, padre o cualquier persona en la familia, utilice el castigo corporal o cualquier tipo de trato y castigo humillante como forma de corrección o disciplina hacia los menores.
Además, el artículo 444 bis de dicho Código, plantea que la patria potestad podrá ser limitada , cuando quien utilice el castigo corporal o cualquier tipo de trato y castigo humillante, como forma de corrección o disciplina de niñas, niños o adolescentes.
Subrayó la legisladora que la propuesta de prohibir el castigo corporal, no tiene la finalidad de penalizar las conductas de las madres y padres, sino visibilizar que dichas prácticas son contrarias a su dignidad e integridad.
Por ello, insistió que se requiere de estrategias positivas para educar a los adultos responsables de su cuidado y formación, así como a las personas menores de 18 años en cuanto a sus derechos y mecanismos de protección .
Esto involucra crear una política pública que contemple campañas para el desarrollo familiar que promuevan el conocimiento y la utilización de medidas de disciplina no violentas.
De allí que la morenista propone adiciones a las fracciones XIV y XV al artículo 4, recorriéndose en su orden los subsecuentes; un tercer párrafo al artículo 43; una fracción XI al artículo 44; y una fracción IX al artículo 102, recorriéndose en su orden los subsecuentes, todos de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, fue enviada para su análisis a la Comisión de Atención al Desarrollo de la Niñez.
Lee también:
apr/nv