Metrópoli

Inicia basificación del personal de salud de CDMX a IMSS-Bienestar

Con esto, se espera que el próximo 1 de septiembre ya formen parte de la plantilla del OPD IMSS-Bienestar con plazas definitivas

Diputado de Morena sube como “de urgente resolución” reforma para extinguir al Insabi. Foto: EL UNIVERSAL
15/08/2023 |10:08
Frida Sánchez
Reportera de la sección MetrópoliVer perfil

Autoridades de salud del Gobierno federal y local, dieron a conocer que este martes 15 de agosto, inició el proceso de basificación para personal de la salud de la Ciudad de México que se integrará al programa

De esta forma, hoy arrancó el reclutamiento en los hospitales de la Secretaría de Salud (Sedesa) capitalina, con el propósito de que el próximo 1 de septiembre ya formen parte de la plantilla del Organismo Público Descentralizado (OPD) IMSS-Bienestar, con plazas definitivas.

En un comunicado conjunto, el Gobierno federal, el de la Ciudad de México y el IMSS-Bienestar, resaltaron que la basificación regularizará al personal médico, de enfermería y paramédicos que tienen contratos precarios y/o temporales, para fortalecer la atención en las unidades que dan servicio a la población que no cuenta con seguridad social.

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¿Cómo será el proceso de basificación del personal de salud de CDMX?

En el documento, las autoridades explicaron que se llevarán a cabo distintas actividades para la integración de expedientes del personal susceptible a basificación, de forma simultánea.

Estas actividades tendrán lugar en distintas sedes a las que el personal deberá acudir para que se les den a conocer los lineamientos generales de la contratación, las prestaciones a las que se harán acreedores y el tabulador de mejoras salariales.

Los aspirantes de Sedesa que concluyan este proceso, serán contratados al IMSS-Bienestar el 1 de septiembre y cobrarán su primer salario el 15 de septiembre próximo.

Requisitos para basificación

Los participantes a realizar el proceso de basificación deberán contar con los siguientes requisitos:

●Contar con un contrato eventual o servicios profesionales por honorarios por tiempo determinado, es decir, un contrato temporal, dando prioridad en todos los casos al criterio de antigüedad en el servicio público.

●Estar prestando servicios en un establecimiento de salud susceptible de ser transferido al IMSS-Bienestar.

●Antigüedad en la prestación de servicios.

●Que el personal de salud con contrato eventual o precario cumpla el perfil académico y laboral (escolaridad y experiencia laboral).

●Desempeño asociado a la capacitación y reforzamiento de habilidades.

●Que la persona trabajadora se encuentre sin plaza permanente en IMSS, ISSSTE o cualquier otra institución del sector Salud.

●Que la persona trabajadora no se encuentre inhabilitada para el desempeño de funciones en el servicio público.

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rdmd

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