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La presidenta de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas y Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), Sonia Pérez , informó que analizarán la viabilidad de contar con un reglamento específico para atender las quejas sobre violencia política contra las mujeres en razón de género.
Lo anterior, dijo, por la experiencia que se tuvo en las pasadas elecciones y por la necesidad de establecer reglas que sean más precisas en la tramitación y atención de este tipo de casos.
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Al participar en el panel ‘Análisis de la Reglamentación de los Organismos Públicos Locales Electorales en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género’, organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE), refirió que, en 2021, el IECM atendió 60 quejas por violencia política contra las mujeres por razón de género, relacionadas con la elección, y este año ya se han recibido quejas por violencia en contra de mujeres en el ejercicio de sus cargos públicos.
Señaló que actualmente el IECM cuenta con el reglamento para el trámite y sustanciación de quejas y procedimientos de investigación, donde se regulan todas las quejas en general, sin hacer una distinción, por lo que, dijo, en breve se hará un análisis para valorar si es necesario diseñar un reglamento específico para el tema de la violencia política contra las mujeres.
Recordó que las quejas han sido presentadas por las presuntas víctimas y terceras personas, pero en estos casos, se pide la ratificación de las presuntas víctimas para poder iniciar los Procedimientos Especiales Sancionadores.
“También hemos buscado que haya requisitos mínimos para presentar los escritos y además se tiene acceso a diferentes formatos en lenguaje accesible, aunado a que las presuntas víctimas tienen la posibilidad de acudir personalmente al Instituto a presentar su queja, para orientarlas y explicarles en qué consiste el procedimiento”, indicó.
La consejera del IECM precisó que se han pronunciado incluso en casos relacionados con quejas de diputadas, en los que este Instituto es incompetente para dictar medidas cautelares o medidas de protección.
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Al respecto, señaló que existen criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y retomados por el Tribunal Electoral local, en el sentido de que este tipo de casos, al tratarse de actos parlamentarios, deben ser tramitados al interior del Congreso capitalino.
No obstante, enfatizó que es importante que se tenga claridad de cuál es la vía y los procedimientos que tienen las congresistas para denunciar, así como el seguimiento que se debe de tener al interior del Congreso, porque el IECM en un primer momento únicamente podría dictar medidas cautelares o de protección, pero ya no tiene una injerencia en la tramitación.
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afc/acm