El Gobierno capitalino otorgará facilidades administrativas y dará seguimiento a las personas damnificadas (propietarias o poseedoras legítimas) por el sismo del 19 de septiembre de 2017.
En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se aprobó una resolución, que tiene como objetivo otorgar facilidades, exenciones y condonaciones de pagos de las contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios, sanciones y derechos respecto a las autorizaciones, permisos, licencias, avisos o cualquier acto administrativo relacionado con las obras de demolición, rehabilitación y/o reconstrucción o el registro de obra ejecutada, en términos de lo previsto en el artículo 72 del Reglamento de Construcciones vigente, por parte de autoridades, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades de la Administración Pública de la Ciudad, así como de los fedatarios públicos que intervengan en el proceso de reconstrucción y rehabilitación, en el marco de sus atribuciones legales y determinaciones administrativas.
Condona el 100 % del pago de las contribuciones de Mejoras, Impuesto Predial, Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, Derechos por el Suministro de Agua, así como sus respectivos adeudos, accesorios y gastos de ejecución ordinarios y extraordinarios que se generen al 31 de diciembre de 2024.
No deberán presentar la Constancia de Adeudos con la cual se demuestra estar al corriente en el pago de las contribuciones respectivas a las licencias, permisos o registro de manifestaciones de construcción para su revalidación correspondiente.
Detalla que la Comisión para la reconstrucción coordinará y dará seguimiento a la ejecución de obras de rehabilitación, reconstrucción y/o demolición de las viviendas afectadas por el sismo del 19 de septiembre de 2017, entre las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades de la administración pública de la Ciudad de México.
La alcaldía correspondiente informará a la Comisión de cualquier irregularidad durante los procesos de rehabilitación, reconstrucción y/o demolición en las viviendas afectadas; llevará a cabo el registro de obra ejecutada, a través de su ventanilla única, condonando la sanción y eximiendo la recepción del pago de derechos.
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Por su parte, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), con la finalidad de agilizar el proceso de reconstrucción de las viviendas afectadas, eximirá el Dictamen de Impacto Urbano y la Licencia para la Instalación de Medios Publicitarios en Tapiales.
El Sistema de Aguas local (SACMEX) brindará las facilidades administrativas en los trámites Dictamen de factibilidad de servicios hidráulicos, Evaluación y aprobación del sistema de captación y recarga de aguas pluviales y residuales al subsuelo.
La Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA) eximirá los trámites de Declaratoria de cumplimiento ambiental, Evaluación ambiental estratégica, Manifestación de impacto ambiental modalidad específica, Manifestación de impacto ambiental modalidad general, Informe preventivo y de riesgo.
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Además, la SEDEMA brindará facilidades administrativas a las empresas constructoras que participan en el proceso de reconstrucción, para la Solicitud y autorización para la poda, derribo, trasplante y restitución de especies arbóreas de acuerdo a la norma ambiental.
La Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) facilitará con la declaración del Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles, en asuntos de adquisición, enajenación, transmisión o aplicación de la propiedad de las viviendas unifamiliares y multifamiliares.
La Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR), a través de la Dirección General de Regularización Territorial de la Ciudad de México, en el ámbito de sus atribuciones, aplicará el 50 por ciento de reducción en lo correspondiente al pago total de los gastos de operación al promover juicios de prescripción positiva, inmatriculación judicial y sucesiones testamentaria e intestamentaria, que se lleven a cabo para la regularización de los títulos propiedad de las personas damnificadas.
El Instituto de Vivienda de la Ciudad de México coadyuvará con la Comisión para la Reconstrucción en los modelos de atención a la vivienda que ésta solicite, ejecutando y/o concluyendo las obras de rehabilitación, reconstrucción y/o demolición de las viviendas.
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Las personas interesadas en este proceso deberán presentar su solicitud en la ventanilla única de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, dentro de los 90 días naturales siguientes a la publicación de esta Resolución y acreditar ser propietaria del inmueble con anterioridad al sismo; el daño del inmueble derivado del sismo mediante dictamen de riesgo emitido o avalado por el Instituto para la Seguridad de las Construcciones; y cumplir con los demás requisitos establecidos en el Plan Integral para la rehabilitación y reconstrucción de vivienda multifamiliar que le sean aplicables, según sea el caso.
Tratándose de reconstrucción, la persona solicitante podrá optar por modificar el proyecto de lo preexistente, siempre y cuando este cumpla con la normativa que en materia de desarrollo urbano le sea aplicable y previa validación de la (SEDUVI).
Con la resolución, que entra en vigor a partir de este sábado 27 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2024, el Gobierno de la Ciudad de México refrendó su compromiso con las personas damnificadas por el sismo del 2017.
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