A casi una semana de haber sido aprobadas por el busca frenar el incremento exponencial en las rentas, mismas que entran en vigor mañana y cuyas disposiciones comenzarán a ser aplicadas a finales de este año.

Una de esas disposiciones, establecida en el artículo 2448 F del Código Civil, al cual se le adicionaronestablecerá un registro digital de contratos de arrendamiento, de autorización inmediata, a cargo del Gobierno local, y en los transitorios se indica que tal registro se lle un tercer y cuarto párrafos, es que vará a cabo mediante el mecanismo que defina la administración capitalina, en un plazo no mayor a 30 días a partir de la entrada en vigor de las reformas, y precisa que los arrendadores tendrán hasta 90 días para registrar los contratos.

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El incremento de la renta nunca será mayor a la inflación

En el mismo Código Civil, se reformó el artículo 2448 D, para establecer que el incremento de la renta nunca será mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior, respecto de la cantidad pactada como renta mensual.

En tanto, en la Ley de Vivienda se agregó una fracción Bis al artículo 5, para establecer la figura de producción pública de vivienda para arrendamiento, que será aquella que realice el Gobierno capitalino con recursos públicos, a fin de ofrecer acceso a la vivienda en arrendamiento con un criterio de asequibilidad para las personas de menores ingresos.

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El artículo 12 de dicha norma fue reformado, para establecer que el Gobierno capitalino deberá promover esquemas y proponer programas para la producción y el fomento de la vivienda en arrendamiento asequible, y en el artículo 21, se adiciona también una fracción, donde se indica que las autoridades locales deberán fomentar y apoyar la producción pública de ese tipo de vivienda.

La iniciativa de dichas reformas fue impulsada por el jefe de Gobierno, Martí Batres, quien este miércoles presentará públicamente el decreto.

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vcr

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