Franeleros amedrentan a los automovilistas en horas pico, cobran hasta quince pesos para controlar el tráfico y dejar incorporarse a vías primarias.
En un recorrido en las alcaldías Cuauhtémoc, Iztacalco y Benito Juárez EL UNIVERSAL documentó en cinco puntos donde operan las personas que con una franela y sudadera roja detienen el tránsito para darle paso a otros autos que se encuentran en el embotellamiento vial.
“Diario pasó por Viaducto rumbo a mi trabajo… se te ponen enfrente y te piden dinero para pasar, al principio les daba unas monedas, pero ya hasta ahora te piden 15 pesos sino se ponen violentos” dijo Rosalba conductora afectada.
Operan a todas horas, principalmente entre las 6 de la mañana a 9 y por la tarde comienzan sus intervenciones a las 5, en ocasiones utilizan trafitambos, señalamientos que utilizan elementos de tránsito para controlar las arterias viales.
Las intercesiones donde ejecutan esta falta administrativa son:
La incorporación de Viaducto y calzada de Tlalpan en la colonia Álamos.
Lateral de Viaducto Rio de la Piedad rumbo Aeropuerto y la calle Albino García, colonia Viaducto Piedad.
El cruce de San Antonio Abad rumbo al centro y avenida del Taller, colonia Paulino Navarro.
San Antonio Abad dirección sur y su intersección con la calle Alfredo Chavero en la colonia Obrera.
Lateral de Viaducto rumbo al oriente y su incorporación con la calle Enrique Granados, colonia Algarín.
Después de diversas denuncias de ciudadanos y vecinos, oficiales del sector Iztaccíhuatl realizaron la detención de una persona de 38 años de edad quien realizaba el “Franeleo” en vía pública, mismo que fue presentado ante el juzgado cívico Iztacalco 1.
“De nada sirve que denunciemos y se los lleven, pasan la noche y por la mañana la vez otra vez aquí” comentó José Antonio vecino de la alcaldía Iztacalco.
El artículo 28, fracción II, de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece como infracción el “impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía pública y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, Siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello”.
La pena es de 1 hora hasta 24 horas de arresto siendo presentando ante el ministerio público local, donde el juez cívico determina la infracción.
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