De acuerdo con el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia capitalina (FGJ), si no se logra la mayoría calificada en el pleno del Congreso local para la ratificación de la —lo cual quedó en pausa ayer—, la Mesa Directiva notificará al Consejo Judicial Ciudadano a efecto de que emita la convocatoria para el proceso de selección de la persona titular de la fiscalía.

El Consejo Judicial Ciudadano, según los artículos 119 y 120 de la Ley Orgánica del Congreso capitalino, realizará un proceso de examinación público y abierto para designar al nuevo titular de la institución.

El consejo deberá proponer, con la aprobación de las dos terceras partes de sus integrantes, a la o el jefe de Gobierno una terna de candidatos para que seleccione y remita el nombre de una persona al Congreso o bien la terna completa.

La propuesta enviada por el jefe de Gobierno deberá estar dirigida y ser recibida por la Mesa Directiva, que de manera inmediata la deberá turnar a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

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Ahí, en un término de 24 horas, dicha comisión deberá informar a sus integrantes de la llegada del mismo y citará a sesión para llevar a cabo la entrevista que se le realizará a la persona propuesta, luego la comisión se deberá declarar en sesión permanente y se reunirá al día siguiente para votar el proyecto de dictamen respectivo.

En caso de que la comisión apruebe la propuesta, será enviada para que se anote en la orden del día de la sesión siguiente del pleno para ser votado por el mismo. Si el periodo ordinario hubiere concluido, se citará un periodo extraordinario de manera inmediata.

El Congreso local nombrará a la persona titular de la Fiscalía General de Justicia por mayoría calificada de dos terceras partes de los integrantes presentes en la sesión respectiva. Este proceso se seguiría cuantas veces sea necesario hasta lograr el nombramiento.

¿Qué pasa si no hay fiscal el 10 de enero de 2024?

En caso de no lograrse la ratificación de la fiscal Ernestina Godoy antes del próximo 9 de enero, cuando termina su periodo, de acuerdo con la ley, asumiría el cargo el coordinador general de Investigación Territorial en un interinato.

Según el actual organigrama, Oliver Ariel Pilares Viloria ocupa ese cargo.

Así lo establece la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, que en el apartado 46 del artículo 44 Facultad de Designaciones, detalla: “La persona titular de la fiscalía será suplida en ausencias o faltas temporales por la persona titular de la Coordinación General de Investigación Territorial, y a falta de ésta, por las personas servidoras públicas en los términos que disponga el reglamento de esta ley.

“En caso de ausencia definitiva, la persona que funja como suplente notificará al Congreso de la Ciudad de México para que proceda conforme a lo dispuesto en el texto constitucional”, se establece.

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