En su carácter de Constituyente Permanente, el aprobó una reforma constitucional en materia de .

Con y sin ningún tipo de debate, se avaló esta minuta al Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al respecto, la presidenta de la Mesa Directiva, Martha Ávila, destacó que esta reforma blinda el salario real de las personas trabajadoras para que no pierda su valor adquisitivo a causa de la inflación.

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“Este es un gran avance para la clase trabajadora y sus familias en todo el país, la salvaguarda del mejoramiento continuo de las condiciones de vida de las y los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo de las presentes y futuras generaciones”, indicó.

Cabe señalar que esta reforma constitucional busca establecer que los salarios mínimos para los trabajadores serán generales o profesionales, en lo referente al primero se regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales.

Respecto al salario mínimo, esta modificación establece que no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza, y que la fijación anual de los salarios mínimos generales o profesionales o la revisión de los mismos, nunca estará por debajo de la inflación.

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aov/cr

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