Metrópoli

Congreso de CDMX aprueba Ley Paola Buenrostro para tipificar y castigar transfeminicidios con 35 a 70 años de prisión

“Desde la perspectiva de género, el transfemicidio se entiende como una manifestación extrema de la violencia de género y la discriminación”, apuntó la diputada Ana Francis López

Congreso de CDMX aprueba Ley Paola Buenrostro para tipificar y castigar transfeminicidios con 35 a 70 años de prisión. Foto: Gabriel Pano El Universal
18/07/2024 |12:22
Omar Díaz
Reportero de la sección MetrópoliVer perfil

El pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó en lo general y en lo particular, con 45 votos a favor y uno en contra, la llamada Ley Paola Buenrostro para tipificar los transfeminicidios y castigarlos con una pena de 35 a 70 años de prisión.

La diputada Ana Francis López fue la encargada de presentar este dictamen que modifica el Código Penal, la Ley de Víctimas, el Código Civil y la Ley Orgánica de la Fiscalía capitalina.

“Desde la perspectiva de género, el transfemicidio se entiende como una manifestación extrema de la violencia de género y la discriminación que enfrentan las personas trans en una sociedad que refuerza las normas binarias de género y la sisnormatividad. Legislar el transfeminicidio representa un reconocimiento oficial de esta forma específica de violencia de género, evidenciando su existencia y su gravedad”, apuntó.

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Este dictamen especifica que comete el delito de transfeminicidio quien, por razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género.

De igual forma se señala para las actas de defunción de las personas transgénero, en caso de que sus familiares se negaren a realizar el trámite o pudieren vulnerar su identidad o expresión de género, dicha acta podrá ser tramitada por una persona que pertenezca a la familia social de la persona transgénero.

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Asimismo, se precisa que, en el caso de la entrega del cadáver de alguna persona transgénero, si éste no es reclamado por sus familiares consanguíneos o en caso de que sí sea reclamado, estos pudieren vulnerar la identidad de género, expresión de género de la víctima o su dignidad humana, el cuerpo de ésta deberá ser entregado a su familia social.

Esta familia social serán aquellas personas que pertenecen al círculo más cercano de la víctima, es decir, amistades, compañeros o de trabajo o de vivienda o cualquier otra que tenga una relación estrecha y reconocida con la víctima.

Al hacer uso de la palabra, el diputado Temístocles Villanueva dejó claro que se le debe a las mujeres trans justicia, dignidad, visibilidad, memoria, restauración y no repetición. “Hoy asumimos la responsabilidad histórica que nos toca para dar el primer paso, en el largo camino que nos falta, para lograrlo”.

Y añadió: “El dictamen que votamos ahora mismo no es otra cosa que un acto de justicia histórica, en atención a una demanda de las millones de mujeres trans y personas NBs allá afuera. Es por ello, que subo a pedir a todas y todos ustedes, que estemos a la altura de la representación que nos ha sido conferida, no hay tiempo que perder”.

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