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Con 48 votos a favor y nueve abstenciones, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la Ley de Publicidad Exterior, iniciativa que fue enviada por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum.
La nueva ley estipula, entre otras cosas, que el Congreso capitalino tendrá opinión para determinar los corredores publicitarios, misma que será emitida por la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana dentro de un plazo de 20 días.
Asimismo, este dictamen propone la creación de un Registro de Publicistas ante la Secretaría de Desarrollo Urbano (Seduvi). Únicamente las personas que estén inscritas en él podrán tramitar licencias, autorizaciones, PATR y permisos.
Para solicitar la inclusión en el registro, que deberá ser actualizado cada tres meses, los interesados tendrán que presentar ante la Seduvi los documentos con los que se acredite su interés y, en su caso, la personalidad de quien lo promueva y domicilio legal.
De igual forma, se da un plazo de un año para retirar anuncios espectaculares en azoteas, ya sean regulares o irregulares.
Este retiro deberá realizarse de la siguiente manera: durante el primer semestre se quitará por lo menos 20% de los anuncios; en el tercer trimestre otro 40%, y en el último trimestre, el resto de los espectaculares.
De acuerdo con distintas organizaciones, como la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano (FRRPU), en la capital del país hay 4 mil estructuras irregulares y un número similar tienen permiso. Lo anterior significa que en promedio 21 espectaculares tendrían que ser retirados al día.
De igual forma, la nueva ley estipula que se prohíbe la instalación de aquellos medios publicitarios cuyos contenidos atenten contra la dignidad de las personas, vulneren los derechos humanos y aquellos que difundan mensajes sexistas, lenguaje misógino o inciten a cualquier tipo de violencia.
Se define a una publicidad sexista como todo contenido que directa o indirectamente induzca, fomente o difunda hechos, acciones y símbolos, degradantes o peyorativos hacia las mujeres.
Asimismo, las que atribuyan o asocien características denigrantes de exclusión, sumisión, racismo, burla, animadversión o que presenten a las mujeres de forma humillante o discriminatoria, así como utilizar su cuerpo, o parte de éste.
El presidente de la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana, Víctor Hugo Lobo, sostuvo que con esta nueva ley se va a transitar hacia una nueva política de publicidad exterior en beneficio de la ciudadanía.
“Por cuanto hace a la tramitología, establece de forma clara y sistemática los trámites y procedimientos, los cuales, además, se digitalizarán para garantizar su eficacia y eficiencia. También, delimita expresamente las competencias y facultades de las autoridades que intervienen en el procedimiento. Tendremos, sobre todo, difusión y transparencia a través de una plataforma de publicistas autorizados, la cual deberá actualizarse cada tres meses”, dijo.
La diputada del PAN, Gabriela Salido, sostuvo que este dictamen mantiene los viejos vicios de la Ley de Publicidad Exterior aún vigente y criticó la prisa por aprobar esta iniciativa.
Este dictamen tuvo 14 reservas, una de ellas del panista Federico Döring para que no fuera tan ambiguo el término de publicidad de carácter sexista, misma que fue rechazada por la mayoría de los congresistas, quienes señalaron que se pueden anunciar bienes y servicios sin la necesidad de cosificar a las mujeres.
El dictamen fue enviado a la Jefatura de Gobierno para su publicación en la Gaceta Oficial.
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