El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) declaró como inexistentes diversas infracciones que eran atribuidas a Clara Brugada y Santiago Taboada.
En sesión pública, las y los magistrados resolvieron que la ahora Jefa de Gobierno no violó el principio de equidad en la contienda, ni cometió actos anticipados de precampaña y campaña por la distribución de dípticos denominados ‘Ciudad Utopía’.
“Este Tribunal Electoral advierte que, respecto de la infracción actos anticipados de precampaña y campaña, por la supuesta distribución de un díptico/periódico denominado: ‘Ciudad Utopía’, se actualiza la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 25 fracción V en 20 TECDMX-PES-041/2024 relación con el numeral 26, fracción I del Reglamento de Quejas, los cuales establecen que la queja será desechada de plano cuando se refieran a hechos de la queja o denuncia que hayan sido materia de otra que hubiera sido resuelta de manera previa”, señala la sentencia.
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A su vez, los integrantes del TECDMX resolvieron que el otrora candidato del PAN, PRI y PRD no vulneró las reglas de colocación de propaganda, ni cayó en actos anticipados de campaña y mucho menos en violencia política en razón de género y tampoco vulneró al interés superior de la niñez y la adolescencia.
De igual forma, se declaró la inexistencia de infracciones por supuesta promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, atribuidos a Judith Vanegas Tapia, otrora alcaldesa en Milpa Alta, derivado de la difusión de dos publicaciones en la red social Facebook.
También se sobreseyó un Procedimiento especial Sancionador (PES) en contra de Carlos Alberto Ulloa Pérez, en calidad de secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México, por la presunta difusión de notas periodísticas y videos en diversos medios de comunicación que hacen referencia a sus supuestas aspiraciones para ocupar la titularidad de la Alcaldía Tlalpan, promocionando su nombre, imagen y actividades como servidor público.
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