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Los cambios al artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos resultan redundantes, pues la Carta Magna federal ya establece que toda orden de molestia debe ser a través de un mandamiento judicial, opinaron expertos y autoridades.
El abogado Ignacio Morales Lechuga afirmó que la nueva redacción es garantista y respeta los derechos humanos tanto de los propietarios como de los inquilinos.
No obstante, opinó que falta un procedimiento que establezca la elaboración de un programa en el que el Gobierno de la Ciudad de México garantice la construcción de vivienda, con el objetivo de disminuir la desigualdad social.
El abogado y profesor de La Salle, Luis Mercurio Pérez Contreras, hizo referencia a la parte que establece que el Estado deberá garantizar la integración de personas desalojadas a programas de vivienda social, lo que calificó como “excesivamente proteccionista”, pues se está obligando a las autoridades a que permitan o lleven a cabo el derecho a la vivienda sin que sea una cuestión de índole indispensable o necesario.
Además, resaltó que los artículos 14 y 16 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos ya hablan de la obligación de las autoridades de fundar órdenes, emitirlas por escrito y hacerlas notificar pues se trata de un acto de molestia, por lo que dijo, la redacción del artículo 60 es redundante.
La jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, coincidió en que la nueva redacción del artículo es lo que ya establecen las leyes.
Dijo que el derecho a la vivienda es fundamental; sin embargo, no se debe confundir con afectar los derechos de propiedad.
Resaltó que su gobierno invertirá 3 mil 500 millones de pesos para reconstrucción; mil 300 millones para vivienda en conjunto, y mil 100 millones para mejoramiento de vivienda en este año.
“Es una inversión histórica, y hay que promover la vivienda social y que los desarrolladores también la generen”, externó.