CDMX

Luege puede contender como independiente en CDMX: Tribunal

El Tribunal Electoral de la Ciudad de México argumentó que José Luis Luege Tamargo no estaba en posibilidad material de cumplir con el tiempo de renuncia a su militancia cuando entró en vigor la prohibición

(Foto: Archivo/El Universal)
03/11/2017 |15:23
Redacción
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Por unanimidad, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México ( TECDMX ) resolvió que el ex panista José Luis Luege Tamargo sí puede participar como aspirante a una candidatura independiente a la jefatura de Gobierno , por lo que ordenó al Instituto Electoral de la Ciudad de México ( IECM ) emitir un nuevo acuerdo en el que se declare procedente la solicitud del ciudadano para participar en el proceso electoral de 2018.

Esta tarde, los magistrados del Tribunal Electoral local emitieron un fallo en el cual dieron la razón al ex funcionario federal, quien había promovido un juicio en contra del IECM por haber declarado improcedente su solicitud de registro como candidato sin partido por incumplir con un requisito establecidos en la Constitución Política y el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales ambos de la Ciudad de México.

Pero este viernes, en la sentencia del TECDMX, cuyo proyecto fue elaborado por el magistrado presidente Armando Hernández, se argumentó que después de realizar una "prueba de proporcionalidad" se determinó que dicho requisito o prohibición "no tiene un fin legítimo e idóneo" ya que resulta ser "una limitante al derecho a ser votado".

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Hace unos días, el IECM negó la solicitud de registro de Luege Tamargo , también presidente de la asociación civil Ciudad Posible, porque incumplía el requisito del Código electoral que señala que si un aspirante independiente pertenecía a un partido político, éste debió renunciar a su militancia un año antes del registro de la candidatura , lo cual debió ocurrir como máximo en marzo de este año, pero Luege Tamargo dejó al PAN hace unas semanas.

Al respecto, la sentencia del Tribunal Electoral consideró válidos los argumentos del demandante en el sentido de que no podía cumplir con el plazo pues el Código electoral entró en vigor apenas en junio pasado.

"Resulta fundado el motivo de disenso al ser evidente que la autoridad responsable dejó de tomar en consideración que al entrar en vigor la prohibición el actor no estaba en posibilidad material de cumplir con el tiempo de renuncia", se estableció en la sentencia.

Los magistrados Martha Alejandra Chávez, Martha Leticia Mercado Ramírez y Gustavo Anzaldo votaron a favor de la sentencia.

En ese sentido, el Tribunal ordenó al IECM a emitir un nuevo acuerdo en 24 horas para permitir que José Luis Luege pueda participar por una candidatura independiente a la jefatura de Gobierno.

pmba

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