La liberación de los dos asal­tan­tes a co­men­sa­les de un res­tau­ran­te en la co­lo­nia Con­de­sa con el pa­go de 15 mil pe­sos , es una violación al principio de parcialidad por parte del juez , lo que significa que es un retroceso al viejo sistema penal acusatorio , aseguró Diana Cristal González Obregón, abogada penalista , redactora y analista en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Refirió que el be­ne­fi­cio de la sus­pen­sión con­di­cio­nal de la eje­cu­ción de la pe­na que brindó el juez de control, Jú­pi­ter Ló­pez Ruiz, debió haberlo propuesto el Ministerio Público y no el juzgador, por lo que González Obregón aseguró que hay un desconocimiento de la ley.

El asalto al restaurante de la colonia Condesa ocurrió la tarde del pasado 20 de diciembre cuando con dicha arma despojaron de teléfonos celulares, carteras y dinero a los comensales para después darse a la fuga; sin embargo, cuadras más adelante policías preventivos los detuvieron con el botín y el arma blanca con que amagaron a las víctimas.

Tras la puesta a disposición ante el Ministerio Público, Alan y Rafael Antonio fueron consignados ante un juez de Control y se inició el proceso en su contra, en el que de todas las víctimas en el restaurante, sólo tres decidieron continuar con la denuncia.

“Ahora el Ministerio Público tiene que apelar la forma de resolver de un juez, no estuvo motivada por nadie. El juez aplicó la ley mal. El juez hubiera aplicado el procedimiento abreviado, la persona acepte la comisión del hecho, acepta la investigación del MP y reparas el daño, va emparejado con una sentencia condenatoria”, explicó la especialista.

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses