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A partir de este martes y hasta el próximo 8 de enero, 40 aspirantes al registro de candidaturas sin partido para la elección del próximo 6 de junio de 2021 -cuando serán renovadas las 66 diputaciones locales, 16 Alcaldías y su respectivo Concejo- podrán realizar las actividades tendientes a recabar el porcentaje de firmas de apoyo ciudadano.
Para ello, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó por unanimidad, en sesión pública virtual, dos acuerdos sobre la procedencia de las solicitudes de registro como aspirantes a candidaturas sin partido para dichos cargos de representación popular, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 .
Aclaró el organismo que los acuerdos aprobados especifican que para el proceso de registro de candidaturas sin partido a los cargos de Alcaldías y Concejales procedieron 15 solicitudes, mientras que para el cargo de Diputaciones por el principio de mayoría relativa, procedieron 25.
Bernardo Valle Monroy, consejero del IECM, destacó que 13 de las solicitudes para la elección de Alcaldías, con sus respectivas fórmulas para Concejalías, son encabezadas por hombres y dos por mujeres.
Mientras que para el cargo de Diputaciones de Mayoría Relativa, 10 fórmulas corresponden a hombres y nueve a mujeres.
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Sin embargo, precisó que las solicitudes de registro proceden de manera condicionada, en virtud de que los aspirantes entregaron documentación parcial, por lo que están en el proceso de tramitar lo relacionado con la constitución, registro, inscripción y alta de su asociación civil.
Recordó que esto tendrán que hacerlo ante Notario Público, la Secretaría de Economía, Registro Público de la Propiedad y del Comercio, el Servicio de Administración Tributaria, así como la apertura de cuenta bancaria mancomunada.
Aunado a ello, dijo Valle Monroy, presidente de la Comisión de Asociaciones Políticas del IECM, es que para el caso de requisitos básicos, como credencial de elector, acta de nacimiento, entre otros, se otorgó un plazo de 48 horas para que subsanen las inconsistencias.
Este término, aclaró, es debido a que fue muy corto el lapso para presentar las solicitudes, pero en el caso de no subsanar las inconsistencias, se tendrá por no presentada la solicitud y, por consecuencia, cancelados los registros.
Al respecto, Sonia Pérez Pérez, consejera del IECM, indicó que tal determinación deriva de la actual emergencia sanitaria, además que así lo mandata la Constitución Política federal, en el sentido de que las autoridades deben promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
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Por ello, dijo, los aspirantes tendrán hasta el próximo 10 de diciembre para entregar la documentación señalada, pero en caso de no hacerlo, se les negará continuar con el proceso de registro de las candidaturas sin partido.
A su vez, Erika Estrada Ruiz, consejera de ese organismo, explicó que el IECM ya envió oficios al Colegio de Notarios y al SAT, para coadyuvar a las gestiones que deben realizar los aspirantes, y ha tenido comunicación con el Instituto Nacional Electoral (INE), para que los apoye con el tema de las cuentas bancarias.
Explicó que dentro del referido plazo de 60 días, los aspirantes deberán recabar el porcentaje de firmas de apoyo ciudadano, equivalente al 1% de la Lista Nominal correspondiente al distrito local, demarcación o circunscripción, donde pretendan contender por alguno de los cargos públicos que serán renovados durante el próximo proceso electoral local ordinario.
Previo a la procedencia de solicitudes, el Consejo General del IECM aprobó los lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía, que se requiere para el registro de candidaturas sin partido, mediante el uso de la aplicación móvil en el proceso electoral.
De igual forma, fueron aprobadas por unanimidad las propuestas de modelos de distribución de pautas para el acceso de los partidos políticos a radio y televisión durante las precampañas, intercampañas y campañas electorales, así como, en su caso, de las candidaturas sin partido durante el periodo de campañas.
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Cabe aclarar que dicho acuerdo, ya cuenta con la integración de los partidos políticos nacionales y locales que obtuvieron su registro en días pasados.
En la sesión pública virtual, el Consejo General del IECM aprobó la resolución respecto de la procedencia de la solicitud de registro como partido político local presentada por la organización “Enréd@te por México”, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Aunque en el proyecto de resolución elaborado por la Comisión de Asociaciones Políticas del IECM, basada en el dictamen de la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización (UTEF), reitera diversas irregularidades detectadas en los informes mensuales de ingresos y gastos de dicha organización, por lo que fue ratificada la negativa de su registro como partido político local.
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