La Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México informó que a partir del próximo 6 de enero, los propietarios de vehículos nuevos podrán acudir a los Centros de Verificación Vehicular para la obtención del holograma "00" , que los exentará de verificar dos o cuatro años, según sea el caso.
De acuerdo con el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el primer semestre del año 2020, publicado hoy en la Gaceta Oficial, para la obtención del holograma doble cero los vehículos nuevos que utilicen gasolina o sean híbridos categoría III y que se encuentren en la lista publicada en la página web de la Secretaría del Medio Ambiente, podrán acudir de manera voluntaria a cualquiera de los Centros de Verificación Vehicular a realizar el procedimiento de asignación del incentivo.
Cabe mencionar que los vehículos con un rendimiento de 13.5 kilómetros por litro, emisiones T2B5 o superior serán los que obtendrán la calcomanía “00” por una ocasión; es decir, dos años.
En el caso de los vehículos con las mismas características de emisiones, pero con un rendimiento de 16 kilómetros por litro combinado, el holograma se le dará hasta en dos ocasiones; es decir, cuatro años.
Por otro lado, todos los automóviles híbridos y eléctricos tendrán el holograma 00 permanente, siempre y cuando se encuentre en la lista publicada en la página de internet de la Sedema .
Además, para ser acreedor a los beneficios que otorga el holograma “exento” y “00” se deberá considerar lo siguiente:
-A partir de enero de 2021, los vehículos deberán contar con una etiqueta en donde se muestre su nivel de emisión de dióxido de carbono y su rendimiento de combustible.
-En tanto, para modelos 2022 se solicitará que las emisiones evaporativas sean evaluadas bajo protocolo de 24 horas.
Por lo anterior, la Secretaría del Medio Ambiente local revisará por lo menos cada tres años la clasificación de los candidatos a dichos beneficios.
Cabe mencionar que previamente la Sedema, a cargo de Marina Robles García, indicó que los taxis nuevos que cumplan con los requisitos para la obtención del holograma “00” lo podrán obtener, pero deberán sujetarse al procedimiento denominado “revista vehicular” y “validación vehicular”.
En tanto, el holograma “0” se podrá otorgar a los vehículos híbrido categoría III, vehículos a gasolina, gas natural, gas licuado de petróleo modelos 2006 y posteriores que cumplan con la prueba SDB, de acuerdo a lo establecido en la NOM-167-SEMARNAT-2017.
Por otro lado, los vehículos que realicen el proceso de verificación serán sujetos de realizar una prueba de inspección físico-mecánica, siempre y cuando se haya asignado a una línea de verificación que cuente con la infraestructura necesaria para la aplicación de tales pruebas.
La medida anteriormente se realizaba de manera aleatoria y, de acuerdo con el documento, “los resultados obtenidos serán de carácter informativo para el ciudadano y no serán motivo de aprobación o rechazo”.
El documento publicado hoy en la Gaceta Oficial menciona que el costo para la verificación es de 551 pesos , cifra que se actualizará mediante el ajuste de la Unidad de Medida y Actualización que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en el Diario Oficial de la Federación y el aviso o circular que emita la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México.
Por verificación extemporánea, así como no portar el holograma vigente y por circular en horario restringido o por emisiones que no sean las permitidas, se emitirá una multa por mil 690 pesos.
“La verificación en su segundo, cuarto, sexto, octavo, décimo o sucesivos intentos pares será gratuita, siempre y cuando la verificación que le anteceda sea un rechazo vehicular y se realice en el mismo Centro de Verificación Vehicular en que se obtuvo el rechazo”, se mencionó.
Los vehículos matriculados en la Ciudad de México deberán continuar verificando conforme al color del engomado de circulación o al último dígito numérico de las placas de circulación del vehículo en los siguientes términos:
Color del engomado de circulación del vehículo, último dígito numérico de la placa de circulación y periodo en que se deberá verificar: amarillo, 5 o 6, enero y febrero; rosa, 7 u 8, en febrero y marzo; rojo, 3 o 4, en marzo y abril; verde, 1 o 2, en abril y mayo, y azul, 9 o 0, en mayo y junio.
etp