Al aprobar por unanimidad el dictamen por el que son reformados los artículos 135, 138, 140, 141, 236, 237 y 253 del Código Penal capitalino, en materia de homicidios y lesiones en hechos de tránsito, así como despojo, extorsión, asociación delictuosa y delincuencia organizada, el Congreso local endureció las penas contra los responsables de estas conductas.
Sobre el primer rubro, los hechos de tránsito, el dictamen establece que por homicidio y lesiones, serán perseguidos de oficio, en los casos en que el conductor use indebidamente un carril confinado para uso exclusivo de ciclistas o de transporte público, cuya pena podría ser por más de 13 años de prisión.
Pero a quien evada un punto de revisión —alcoholímetro—, además se hará acreedor a una pena de más de dos terceras partes cuando circule a exceso de velocidad o que el percance ocurra cuando use el celular y otro dispositivo de comunicación.
Al presentar el dictamen, el diputado local de Morena, Ricardo Ruiz Suárez, en su calidad de presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, destacó que es una fuerte demanda social aumentar las penas y sanciones de estas conductas, sobre todo para inhibir llamadas al conducir.
“Eso sí es absolutamente distractor y ha ocasionado accidentes, con consecuencias muy graves”, respondió al diputado del PRD, Jorge Gaviño Ambriz, quien se manifestó en contra de estas reformas, “porque estas conductas y demás delitos no disminuirán incrementando las penas. Eso está confirmado”.
Entre estas reformas, destaca que en las modificaciones a los artículos 135, 138, 140 y 141, referentes a hechos de tránsito, tienen como objetivo generar acciones e implementar políticas puntuales que permitan reducir su ocurrencia, toda vez que las muertes derivadas de los hechos de tránsito ocupan el séptimo lugar en personas de 5 a 29 años.
“Debido a esto, se propone sancionar con el homicidio y lesiones culposas con motivo de tránsito de vehículos, pase de cuatro a 10 años de prisión a cinco años y cuatro meses, respectivamente, a 13 años y cuatro meses, sobre todo para quienes utilicen el carril confinado para ciclistas, conduzcan a exceso de velocidad y manipulen un teléfono celular o cualquier dispositivo”, destacó Ruiz Suárez.
Con respecto a las reformas a los artículos 236, 237 y 253 del mismo Código, en materia de despojo, extorsión, asociación delictuosa y delincuencia organizada, es porque existe alta reincidencia, además de que la mayoría de los casos hacen uso de violencia.
Respecto a la asociación delictuosa, se propone el incremento de la pena de prisión de ocho a 12 años y multa de 500 a 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), al que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con el propósito de delinquir.
Antes, el pleno del Congreso local aprobó por unanimidad modificaciones a la Ley de Movilidad, para otorgar facultades a la Secretaría de Movilidad (Semovi) atender accidentes de tránsito, así como la cancelación de licencias para conductores de transporte público bajo los influjos del alcohol o drogas.
Sin embargo, la diputada local del PAN, Gabriela Salido Magos, rechazó que se le den facultades a Semovi, al manejar “ingresos no tarifarios”, cuyo concepto ambiguo y vago, que puede incluir ingresos por publicidad, además criminaliza a quienes participen en un incidente de tránsito, contrario a la política de “no criminalización”.