La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) informó que durante 2019 y lo que va del presente año ha atendido 87 solicitudes de publicidad exterior de distintas modalidades, 85 se recibieron el año anterior y dos ingresaron en la primera quincena de enero del 2020, de las cuales ninguna ha sido autorizada por falta de documentos.
También lee:
En un comunicado de prensa, Seduvi detalló que el año anterior se atendieron 31 trámites para anuncios denominativos, 31 para vallas, 18 autorizaciones temporales para anuncios en tapiales y cinco para anuncios de información cívica o cultural.
En el 2020 ingresaron dos solicitudes, una para anuncio denominativo y una para información cívica y cultural, en ninguno de estos casos se cumplió con los requisitos establecidos para obtener la licencia correspondiente.
"La causa de la negativa se debió principalmente a que los particulares no presentaron la opinión técnica en materia de Protección Civil emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC), la falta de la firma de un Director Responsable de Obra (DRO) o por el incumplimiento en las características requeridas de los planos y croquis".
Cabe recordar que sin la autorización de la Seduvi, los particulares no pueden colocar material publicitario, por lo que es ilegal insertar la leyenda “Licencia en trámite” y éstos deberán ser retirados y sancionados.
También lee:
Asimismo de acuerdo con el Instituto de Verificación Administrativa (Invea), durante 2019 y lo que va del año se retiraron 41 espectaculares, 30 de azotea, 9 adosados y dos autosoportados.
Seduvi reiteró que bajo la premisa de un estricto cumplimiento de la legalidad sólo se autorizarán licencias para anuncios en las modalidades permitidas siempre y cuando los solicitantes cumplan los requisitos establecidos por la normatividad en la materia y el pleno ejercicio de los derechos humanos.
A fin de avanzar en las acciones para retirar los anuncios colocados en azotea, los cuales están expresamente prohibidos en la legislación (Artículo 13, Fracción II de la Ley de Publicidad Exterior del DF), la Seduvi, en conjunto con la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, ha realizado diversas reuniones con 56 empresas de publicidad exterior.
En varios de estos encuentros, la titular de la Seduvi, Ileana Villalobos Estrada, ha exhortado a los empresarios a colaborar con el desmontaje de las estructuras publicitarias de azoteas para evitar riesgos para la población y para que las marcas o productos que representan no estén vinculados a la ilegalidad lo cual se plasma en el Artículo 15 de la Ley de Publicidad Exterior del DF, la cual señala “el anunciante solo podrá contratar anuncios con publicistas que cuenten con Permiso Administrativo Temporal Revocable, licencia, autorización temporal vigentes otorgados de conformidad con lo previsto en esta Ley”.
Asimismo, la Seduvi trabaja en un nuevo ordenamiento de la publicidad exterior enfocada en evitar los riesgos que generan los espectaculares y en una visión de recuperación y protección del paisaje urbano de la Ciudad de México, que contempla ofrecer otras opciones de publicidad exterior.
También lee: