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En 10 años, los panteones de la Ciudad de México estarán sobresaturados ya que sólo hay cerca de 77 mil fosas disponibles de un millón 400 mil, alertó la congresista local del PRD, Evelyn Parra Álvarez.
Para dar solución a esta problemática, pidió a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la capital informe sobre los títulos de fosas a perpetuidad en cementerios públicos, en específico el número de regularización y cambio de titulares que se han registrado en esta administración que está a punto de culminar.
Además deberá proporcionar el número de títulos de fosas a perpetuidad que se han revocado y bajo qué supuestos.
La diputada local del PRD sostuvo que muchos de los titulares de las fosas en perpetuidad han fallecido y sus familiares se ven impedidos en mantenerlas por los costos y abusos de las autoridades.
Precisó que desde 1975 ya no se otorgaron fosas a perpetuidad ni se expidieron títulos a perpetuidad pero se siguieron realizando trámites relacionados con éstas, generándose una gran problemática .
"Se hicieron sin un marco normativo y a discrecionalidad de las autoridades, esto ha generado un gran problema".
La Ciudad de México tiene 118 panteones , de los cuales cinco son civiles generales, 14 civiles delegacionales, 83 vecinales o comunitarios, 14 concesionados y 2 históricos.
Parra Álvarez recordó que en diciembre de 2004 se publicó en la Gaceta Oficial del gobierno capitalino el acuerdo por el que se expide el Programa de Regularización de Títulos de Fosas a Perpetuidad en cementerios públicos, facultando a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos para que en apoyo de los órganos político administrativos llevaran a cabo el Programa de Regularización de dichos títulos.
La legisladora federal señaló que el régimen de perpetuidades concluyó con la reforma a la Ley de Hacienda del Departamento del entonces Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1974, entre otras razones por el alto índice de abandono y el agotamiento de espacios disponibles para inhumar, quedando únicamente el régimen de temporalidades mínimas y máximas.
lsm