CDMX

Corte valida fotomultas en la Ciudad de México

El mandatario capitalino celebra el fallo; sigue en pie eliminar las infracciones, afirma Claudia Sheinbaum

Sanciones. Las cámaras que generan las fotomultas lo hacen cuando un automotor sobrepasa los 50 km/h (ARCHIVO EL UNIVERSAL)
03/05/2018 |00:01
Redacción El Universal
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que las fotomultas en la Ciudad son constitucionales. Por mayoría de tres votos, la Segunda Sala de la Corte aprobó el proyecto del ministro Fernando Franco González, que considera que esta medida no vulnera el derecho de audiencia previa, que no es absoluto y se le pueden aplicar excepciones.

“El hecho que motiva la imposición de la multa es conocido por el gobernado, por lo que para desvirtuar la multa impuesta basta con que el particular acuda ante la autoridad para efecto de que esta última exhiba las pruebas que supuestamente acreditan la conducta sancionada y así esté en posibilidad de tener elementos con los cuales debatir la determinación del Estado”, afirma el fallo.

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En consecuencia, la Corte revocó el amparo a Víctor Manuel López por el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Fernando Silva. El único ministro que votó en contra de la propuesta fue Alberto Pérez Dayán, quien indicó que las fotomultas son ilegales, aunque coincidió que la garantía de audiencia no opera en infracciones de tránsito porque los ciudadanos pueden impugnarlas.

Respalda resolución. José Ramón Amieva, jefe de Gobierno, celebró el fallo que dio la Corte.

“El razonamiento de la SCJN fue muy importante porque todo versaba sobre si se concedía el derecho de audiencia a aquellas personas que al conducir violaban el Reglamento de Tránsito y creo que le aprecio mucho lo que ha determinado la Corte, porque ellos consideran el principio de inmediatez”.

La candidata de la coalición Juntos Haremos Historia a la jefatura de Gobierno, Claudia Sheinbaum, comentó que seguirá en pie su propuesta de eliminar las fotomultas a pesar de la resolución de la SCJN, de que la aplicación es constitucional.

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