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Diputados de la Asamblea Legislativa exigieron a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México explicaciones de por qué no se ha publicado el decreto a la Ley de Participación Ciudadana, sin saber que el Gobierno de la Ciudad remitió a principios de julio modificaciones al decreto que no han sido solventadas.
La presidenta de la Comisión de Participación Ciudadana en el órgano legislativo local, Vania Roxana Ávila, reprochó la falta de publicación del decreto cuando el plazo de promulgación ya había vencido.
Incluso los legisladores de la Diputación Permanente acordaron que el consejero Jurídico, Vicente Lopantzi, tendría cinco días naturales para informar qué había pasado.
Advirtieron que si no había respuesta en este plazo se solicitaría al presidente de la Mesa Directiva, Juan Gabriel Corchado gire instrucciones para que el decreto se publique de manera inmediata en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
El paquete de observaciones firmado por el jefe de Gobierno, José Ramón Amieva, fue remitido a la Asamblea Legislativa el 2 de julio pasado.
En el documento, en poder de EL UNIVERSAL, el Gobierno capitalino hace una serie de modificaciones que van más allá de la redacción a las reformas aprobadas en el recinto de Donceles y Allende.
De arranque, la consejería hace evidente una primera inconsistencia o falta de subordinación dentro de la ley, al pretender ampliar el ámbito de competencia de los testigos sociales, cuando el Constituyente fue claro en los casos especiales en los que quería la intervención del testigo social.
Señala imprecisiones contenidas en los artículos 135 y 136, donde se impone un control y supervisión de los testigos sociales a través de la Secretaría de la Contraloría, cuando esto no fue dispuesto por la Carta Magna.
La consejería recuerda al órgano legislativo que la Secretaría de la Contraloría ya coordina a otro mecanismo de participación ciudadana denominado red de contraloría ciudadana.
Además, argumenta que el empoderamiento de los testigos sociales podría ver disminuido.
“Hay que delimitar bien la función del testigo social, para evitar la duplicidad de funciones con los contralores ciudadanos, a quienes constitucionalmente les corresponde la vigilancia del ejercicio del gasto público como adquisiciones y obras públicas, de manera honorífica, lo que permitirá garantizar una participación y criterios imparciales objetivos e independientes”, dice el documento.