La presidenta de la Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso de la Ciudad de México , Leticia Varela, aclaró que desde el 23 de septiembre pasado recibió copia de las Acciones de Inconstitucionalidad en contra de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana .
En entrevista con EL UNIVERSAL , Varela Martínez reveló que dichas impugnaciones fueron promovidas por las comisiones de Derechos Humanos nacional y de la Ciudad de México, CNDH y CDH , respectivamente, identificadas por los números de expediente 95/2019 y 98/2019.
Explicó que son ocho los conceptos de invalidez que se exponen: tres por parte de la CDH local y cinco de parte de la CNDH .
Sin embargo, a la diputada local de Morena señaló que le desconcertó la determinación de ambos organismos, “porque en todo momento participaron en la integración de la ley y ahora interponen este recurso”, comentó.
Precisó que la CDH local rechaza que dicha ley otorgue atribuciones al Consejo Ciudadano , las cuales estiman exclusivas de ese organismo; el arresto como correctivo disciplinario violatorio de las garantías.
De igual forma, impugnó la lista de XIV fracciones de derechos que el gobierno capitalino deberá garantizar en materia de seguridad y que se enlistan en el artículo 8 de la misma ley.
En cuanto a los conceptos de invalidez que expone la CNDH destacan: el Congreso no está habilitado para legislar en materia de Registro Administrativo de Detenciones; que la información de la Plataforma Integral de Seguridad no sea información reservada con base en el derecho de acceso a la información.
Además, Leticia Varela denunció que la falta de precisión e incertidumbre que genera la operación de la supletoriedad y en algunos casos la referencia a diversas Leyes Generales, el régimen disciplinario y la vulneración de la garantía de audiencia y oportunidad de defensa de los integrantes de los cuerpos de seguridad .
Así como la fracción XXI del artículo 59 de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana , que es indeterminado y ambiguo en cuanto a que no establece con claridad cuándo se incurre en un descrédito a la persona o a la imagen de las instituciones de seguridad.
etp